Nacional y economía

Sernac advierte que no pueden cobrar por el uso de baños en malls

María González

Sernac baños
Imagen AgenciaUno
El Sernac fiscalizó diversos centros comerciales

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) realizó una serie de fiscalizaciones a malls, lo cual fue para constatar que los servicios higiénicos estuvieran funcionando de manera regular, es decir, que no se cobre por el uso de baños.

Esto, debido a que la normativa vigente señala que todos los lugares donde se expenden alimentos para su consumo en el mismo establecimiento, «deben contar con servicios higiénicos gratuitos para el uso del público, incluidos los malls».

Además, los baños deben contar con papel tissue en cantidades necesarias para el uso de los clientes. También, jabón líquido para el lavado de manos para los consumidores y consumidoras.

SERNAC Y USO DE BAÑOS

Tras realizar las fiscalizaciones, se constató la existencia de una serie de prácticas irregulares al momento de dar acceso a los servicios higiénicos.

Por ello, el Sernac presentará tres denuncias ante los respectivos Juzgados de Policía Local contra Mall Espacio M, Mall Vivo Imperio -en Santiago- y Mall Vivo Coquimbo.

Pese a tener la obligación de disponer baños gratuitos, dichos centros comerciales condicionaban el acceso con «prácticas muy restrictivas»

De ese modo, el director del Sernac, Andrés Herrera, manifestó a través de su página web que los malls «deben contar con los mecanismos más eficientes posibles. 

Para quienes, siendo clientes de los centros comerciales que cuenten con lugares para consumir alimentos dentro del mismo, puedan disponer de manera gratuita, oportuna y expedita en momentos que requieran acceder a los baños».

Ello supone que «se entienda que una persona pueda acceder las veces que requiera ir al baño y a su vez quienes lo acompañan. Sin restricciones que puedan plantear algún tipo de menoscabo a la dignidad de las personas que confían comprando en estos centros».

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PRINCIPALES HALLAZGOS

En el caso de Mall Espacio M, el organismo fiscalizador dio cuenta que había un máximo de una hora de emitida la boleta para el acceso al baño. Es decir, una persona que consumió luego de haber pagado, tenía máximo una hora para ir al baño. Esto limitaba su derecho a acceso gratuito del servicio higiénico.

Junto con ello, también se detectaron reclamos de consumidores, que apuntaban a una retención de boletas para ingresar al baño. El Sernac no pudo corroborar si esto ocurrió por un tiempo determinado como política de la empresa o si fue una disposición arbitraria de quienes atienden los servicios.

En el Mall Vivo Imperio, la gratuidad de los servicios higiénicos estaba condicionada al tipo de compra en los restaurantes y locales de comida rápida. 

Por ejemplo, un usuario compró en una reconocida heladería, y luego no se le permitió entrar al baño, ya que se consideró que el helado es un producto «líquido» y no un «alimento sólido».

Por último, en el Mall Vivo Coquimbo se observó que se exigía a los consumidores un consumo mínimo. Junto con ello, se asociaban límites de acceso, por ejemplo, una boleta de $20.000 solo daba derecho al acceso a cinco personas máximo.

En ese centro comercial se reportó la mayor cantidad de reclamos por parte de los consumidores.

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