Las lecciones que dejan los casos penales que impactaron a Chile el 2024 Por Pablo Larredonda Alcayaga.
A casi 25 años desde el inicio de la reforma procesal penal, la sociedad chilena reclama -y la justicia adeuda- un análisis serio, además de una respuesta efectiva del sistema de persecución penal, a la luz de los casos de alto impacto periodístico y político, conocidos durante el segundo semestre anterior (los que aún están en pleno desarrollo).
El año 2024 evidenció intentos estériles por demostrar al ciudadano de a pie que las instituciones públicas funcionan de manera integral. No obstante, en la práctica no han existido resultados concretos.
Ello, en un contexto confuso y con plausibles cuestionamientos acerca de la operatividad concreta del aparataje estatal, a cargo de la titánica labor de contribuir a la paz social.
Hemos sido testigos de mediáticas audiencias en sede judicial con la exposición de casos de alta connotación pública, donde el ente persecutor ha actuado con una supuesta rigurosidad en lo evidente, más no en lo en lo esencial.
De manera inédita, Chile ha visto desfilar en tribunales en calidad de imputados a prestigiosos abogados, miembros del poder ejecutivo, legislativo y judicial, e incluso del ámbito deportivo. Pero hasta la fecha sin resultados susceptibles de trazabilidad histórica objetiva -materia de orgullo a nivel regional-, siendo acotado el debate, incluso por parte de ex persecutores vinculados a matinales televisivos, con un discurso trasnochado y adicionalmente sin un sustento empírico específico.
En conjunto con este fenómeno, la sociedad ha advertido serios cuestionamientos hacia las máximas autoridades a cargo de temas tan sensibles como lo son la credibilidad de un verdadero Estado de Derecho.
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También, las inhabilidades palmarias de jefaturas regionales, por recomendaciones acomodaticias de abogados particulares, donde el ego personal se superpone por sobre el interés público; o ex persecutores serviles en su oportunidad, con el sector privado y conversaciones encubiertas de mandamases públicos al fragor de un supuesto simple café, pero con enormes implicancias y afectaciones a un principios básico, como lo es, el de igualdad ante la ley.
Todas conductas desafortunadas, sin una explicación plausible y razonable.
De esta forma, tanto el ciudadano común como quienes hemos sido parte de la génesis de este desprestigiado sistema de persecución penal, esperamos una señal de objetiva operatividad este año 2025.
Porque a partir de esta nueva realidad, nunca más deberíamos volver a ser simples espectadores de salidas alternativas, procedimientos abreviados e incluso clases de ética como una muestra errada en la resolución de contingencias penales de relevancia pública periodística.
Por el contrario, esperamos que el sistema sea capaz de llevar a término investigaciones penales en el contexto de un juicio oral público y contradictorio, con el respeto irrestricto de las garantías fundamentales de un debido proceso (presunción de inocencia incluida).
Abordando además incluso el ámbito de la responsabilidad penal de las personas jurídicas al tenor del contenido de la Ley 20.393, la que -salvo el caso CORPESCA y otras muy excepcionales investigaciones-, pareciera ser una norma exótica para nuestro sistema y de escasa aplicación, pese a su creación que data del año 2009.
El formato reality, que televisivamente es entretención banal y que se vale de guionizar la conflictividad relacional de personajes narcisos de disfuncionalidad maqueteada, puede ser muy atractivo para la industria audiovisual, pero nada aporta a la sana comprensión de la forma y los tiempos como en Chile se debe impartir justicia en el marco del derecho penal y procesal penal vigente, se trate de víctimas o imputados.