El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago rechazó la querella presentada por el municipio de Santiago en relación con la aprobación de las Fondas del Parque O’Higgins en septiembre de 2024.
Según el tribunal, a pesar de que se presentó un dictamen de Contraloría como respaldo, la posible responsabilidad de los funcionarios municipales es de carácter civil y no penal.
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Este fallo representa un nuevo traspié para el alcalde Mario Desbordes (RN), quien recientemente también enfrentó la inadmisibilidad de un recurso de protección presentado ante la Corte de Apelaciones de Santiago contra el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu). Dicho buscaba recurso frenar la construcción de una nueva cárcel de alta seguridad en la comuna.
ARGUMENTOS DEL TRIBUNAL
En su resolución, el tribunal argumentó que los hechos expuestos en la querella “no son constitutivos del delito de prevaricación administrativa”, tipificado en el artículo 228 del Código Penal.
El municipio había fundamentado su acción en un dictamen de la Contraloría General de la República emitido en septiembre de 2023. En este informe, el organismo cuestionó la aprobación municipal de las fondas de ese año, señalando que la concesión del evento debía haberse realizado mediante licitación pública y con la autorización del Concejo Municipal.
Desde la administración comunal encabezada por Desbordes se destacó que la directora de Fiscalización del municipio, Bernardita Lorenzini, advirtió sobre la improcedencia de aprobar las fondas en 2024 debido a la observación de Contraloría. Sin embargo, el entonces administrador municipal, Claudio González, solicitó igualmente su aprobación.
CONTRALORÍA NO PRESENTÓ DENUNCIA PENAL
El tribunal capitalino subrayó que la Contraloría no presentó una denuncia ante el Ministerio Público, sino que dejó en manos del municipio la decisión de iniciar un proceso disciplinario.
Por lo tanto, en caso de que exista alguna responsabilidad por parte de los funcionarios que autorizaron la realización de las fondas –organizadas por la Corporación de Desarrollo de Santiago (Cordesan) en conjunto con la productora Artemedios–, esta sería de naturaleza civil y no penal.