Con la llegada de marzo, comienza el regreso a clases para los niños, niñas y adolescentes del país. En ese contexto, el transporte escolar es clave para trasladarse desde y hacia el recinto educacional.
Sin embargo, hay exigencias que se deben cumplir para poder entregar este servicio, tanto a nivel del vehículo como del chofer y su acompañante. Por ello, el Gobierno de Chile dio a conocer los puntos más importantes que se deben tener en cuenta.
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NORMAS PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR
– Aspecto del vehículo: debe ser amarillo o blanco, según corresponda, y debe portar un letrero triangular sobre el techo con la leyenda «Escolares» (excepto los buses) o una identificación visible que contenga la expresión «Escolares».
Lo anterior, es en el costado inferior derecho de la luneta o ventanas posteriores. También, en la parte inferior de una de las ventanas laterales del vehículo.
– Seguridad dentro del vehículo: todas y todos los pasajeros deben tener cinturón de seguridad y su uso es obligatorio en todos los vehículos cuyo año de fabricación sea 2007 en adelante.
Junto con ello, debe contar con ventanas a ambos lados de cada fila de asientos y se prohíbe el traslado de menores de 8 años en los asientos delanteros.
– Luz estroboscópica de seguridad: esta debe estar sobre el techo, en la parte posterior del vehículo, la que debe mantenerse encendida mientras bajen o suban escolares. De no existir esta luz, el transporte debe tener una huincha retrorreflectante en su contorno (se exceptúan los buses sobre 3.860 kg).
– Papeles al día: la documentación del vehículo debe encontrarse vigente y la revisión técnica tiene que indicar la capacidad máxima de pasajeros, la que debe ser informada al interior del vehículo.
– Tiempo de viaje: el tiempo de viaje, desde o hacia el establecimiento educacional, no debe superar los 60 minutos.
– Conductor y acompañante: si el transporte escolar lleva más de 5 niñas o niños, la persona conductora deberá viajar acompañada de una persona adulta, ambos registrados en el Registro Nacional Transporte Público de Pasajeros (Renastre).
Además, se debe verificar que la persona conductora y la o el acompañante no presenten inhabilidades para trabajar con menores de 18 años.
Por último, para denunciar posibles faltas a alguna de estas normativas, se puede comunicar con su respectiva Seremi de Transportes.