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Destituyen al notario Felix Jara Cadot por graves faltas en verificación de identidad

María González

Periodista

notario Felix Jara
Foto: Agencia Uno
La Corte Suprema lo destituyó de su cargo a los 90 años

Esta semana, el Pleno de la Corte Suprema falló en contra del notario de la cuadragésima notaría de Santiago, Felix Jara Cadot. En concreto, decretó su destitución del cargo a los 90 años.

La decisión se dio tras el análisis de dos casos. El primero fue el 26 de marzo del 2024, cuando se otorgó una escritura pública de mandato especial en la cual se habría suplantado la identidad de una persona. Mientras que el otro fue del 3 de agosto de 2023, donde también habría una suplantación, pero en una compraventa de un bien raíz.

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA

El fallo señala que se constató la infracción del artículo 405 del Código Orgánico de Tribunales. Esto, debido que, «pese a la exigencia legal de otorgar las escrituras ante notario con la debida individualización de las partes, el notario denunciado permitió la intervención de un falso compareciente».

Asimismo, apunta que, «la debida verificación de identidad es esencial para resguardar la fe pública». A ello se suma que «si el notario no cumple con las diligencias mínimas -como revisar la cédula de identidad, cotejar los datos y utilizar los otros métodos de autenticación-, la escritura pública deja de ser un documento confiable, exponiendo el patrimonio y la seguridad jurídica a graves riesgos».

Cabe señalar que la destitución del longevo notario ocurre en medio de la discusión de la reforma al sistema registral y notarial de Chile. Con la cual, se busca modernizar, transparentar y limitar la discrecionalidad en el nombramiento, fiscalización y operación de notarios.

NOTARIO FELIX JARA CADOT

Junto a lo anterior, el escrito añade «la infracción del artículo 430 del mismo estatuto normativo». La cual, «precisa identificación de las partes y del abogado redactor del instrumento, procurando el adecuado control interno, asegurando la trazabilidad del acto y facilitando el examen posterior de su legitimidad».

Este se habría incumplido pues, «se encuentra acreditada la falta de verificación, por parte del denunciado, de la verdadera identidad de quienes decían comparecer ante él».

También, indica que «al examinar la hoja de vida del denunciado se constata que registra una anotación de fecha 26 de junio de 2024». En ella, se señala un «proceder negligente o descuidado» del mismo al no cumplir con «la verificación de identidad de los comparecientes».

De esta forma, se pudo tener por configurada la reiteración que se exige para imponer la sanción de exoneración al notario. «Por cuanto las infracciones administrativas referidas -por hechos similares- se han verificado dentro del plazo de dos años», concluye el fallo de la Corte Suprema.

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