Este martes, la Comisión para la Paz y el Entendimiento entregó su informe final al Presidente Gabriel Boric, presentando 21 recomendaciones para tratar el conflicto histórico en la Macrozona Sur.
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Mediante el documento de 118 páginas, los comisionados plantearon soluciones en diversas materias que estarían dirigidas al origen del conflicto, analizados “todos los antecedentes recopilados en 63 sesiones de trabajo y un amplio proceso de relacionamiento y diálogo con diversos actores”.
LAS RECOMENDACIONES DE LA COMISIÓN
1. Reconocimiento Constitucional
En primer lugar, la Comisión recomienda reformar la Constitución para que “el Estado reconozca a los pueblos indígenas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, (…) garantizando sus derechos individuales y colectivos”.
En esa línea, también se pide reconocer “la interculturalidad como un principio de la diversidad cultural del país, promoviendo un diálogo que permita el relacionamiento en un plano de igualdad y respeto recíproco”.
2. Reconocimiento a las formas propias de organización mapuche
Por otra parte, “la Comisión estima que la regulación de las “comunidades indígenas”, reconocidas en el artículo 9 de la Ley N° 19.253, desconoce las formas propias de organización de los pueblos indígenas”.
“Esto ha dificultado el diálogo entre el Estado de Chile y el pueblo Mapuche, limitando su participación en la vida social, política y económica”, sostienen, por lo que piden “ampliar el concepto de comunidad indígena” para permitir:
a. Adoptar formas de organización interna que reconozcan sus autoridades y formas de organización propias.
b. Asociarse con otras comunidades para cumplir, entre otros, fines de representación territorial.
c. Desarrollar fines comerciales y económicos, u otros, cautelando siempre el principio de inalienabilidad de la tierra indígena.
3. Revitalización cultural y lingüística
En otro punto, los comisionados piden “adoptar medidas transversales en el Estado que provengan de procesos participativos, orientadas al reconocimiento, revitalización, preservación y difusión de la lengua, cultura y cosmovisión Mapuche para toda la sociedad, mapuche y no mapuche, así como a la revalorización de la historia y la memoria colectiva”. Lo que ejemplifican con diversas medidas.
NUEVO ÓRGANO
4. Representación política
La comisión también reconoce “la necesidad de participación de los pueblos indígenas a nivel nacional, requiriéndose para ello una institucionalidad que permita la representación política de éstos ante el Estado, facilitando el diálogo y relacionamiento entre ambas partes”. Para ello, piden “aprobar la creación del Consejo de Pueblos”.
5. Nuevo órgano de alta jerarquía y coordinador de la política indígena
En línea con lo anterior, la comisión recomienda “crear un órgano de la más alta jerarquía política, que diseñe y coordine de manera efectiva la política desde el Gobierno hacia los pueblos indígenas”.
“Este órgano deberá supervisar y realizar seguimiento a aquellos servicios e instituciones que ejecuten políticas vinculadas a los pueblos indígenas, e impulsar el diálogo político entre éstos y el Estado”, señalan.
6. Consulta indígena y participación
Asimismo, recomiendan “mejorar la efectividad de la consulta indígena, fortaleciendo la institucionalidad estatal responsable de estas materias”, entregando más facultades a la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas y Afrodescendientes (UCAIA).
VÍCTIMAS
7. Ley de Reparación a Víctimas
Ahora, en uno de los puntos más relevantes y en el contexto de los “graves hechos de violencia rural o actos de carácter terrorista observados, (…) la comisión recomienda la dictación de una ley de reparación integral para todas las víctimas de este conflicto, tanto mapuche como no mapuche, reafirmando el deber del Estado en el mantenimiento de la seguridad de la población”.
Esta “establecerá un sistema integral de verdad, justicia, reparación y no repetición para las víctimas de la violencia en las cuatro regiones (Bío Bío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos)”, y temporalmente aplicaría a víctimas a partir del 1 de diciembre de 1997.
8. Órgano de reparación a víctimas de la violencia
En ese sentido, recomiendan “crear un órgano con personalidad jurídica y patrimonio propio”, cuya función será “identificar y registrar a las víctimas y los daños de los que fueron objeto, junto con diseñar, implementar y ejecutar los planes, programas y acciones de asistencia, atención y reparación integral a las víctimas”.
MECANISMO
9. Mecanismos de reparación a víctimas de la violencia
Respecto a los mecanismos de reparación que podrán ser aplicados por el órgano que se cree en virtud de la ley, se considerarán formas de indemnización, de rehabilitación y de no repetición.
En indemnizaciones, “la ley deberá contemplar asignación en caso de fallecimiento, reparación en caso de daños o pérdida de viviendas propias o arrendadas, accesos preferentes a subsidios habitacionales, resarcimiento de daños en infraestructura económica, programas de crédito preferente, programas de fomento productivo, de empleabilidad, exenciones tributarias, entre otras alternativas de reparación”.
En rehabilitación, “es fundamental considerar atención de salud mental especializada a través de programas permanentes, asistencia de salud de urgencia a víctimas, apoyo social y acompañamiento integral de los servicios públicos competentes, junto con el acceso preferente a programas de educación y capacitación a las víctimas y sus hijos”. Y respecto a la no repetición, “se considerarán actos simbólicos de desagravio y memoria”.
“Se recomienda que en el presupuesto del presente año y en los años sucesivos, hasta la entrada en vigencia de la ley de reparación de víctimas, se busquen las formas para aumentar significativamente los recursos destinados a medidas de reparación”, postularon.
TIERRAS
10. Bases del acuerdo de tierras
Por otra parte, sobre la entrega de tierras, los comisionados plantean que el actual sistema “no logra ofrecer soluciones proporcionales a la urgencia histórica de los reclamos territoriales”.
Por ello, piden “establecer un nuevo sistema de tierras que tenga por objeto armonizar la Ley Indígena N° 19.253 con el Convenio N° 169 de la OIT. En ese contexto será necesario resolver el problema presupuestario con un plan integral que permita dar una respuesta más rápida y efectiva a las demandas de reparación”.
Este nuevo sistema deberá contar con una Agencia de Reparación y un Sistema de Financiamiento. Este último sería un fondo con un valor en torno a los 4.000 millones de USD para reparar a los grupos identificados, el que se subdividiría en tres subfondos.
“La comisión recomienda que la cantidad de familias por comunidad que podrán optar a las reparaciones de este nuevo sistema no podrá aumentar más que en un 5% respecto de aquella determinada a la fecha de entrega de estas recomendaciones”, agregaron.
La comisión propone un Tribunal Arbitral para resolver solicitudes y conflictos en torno a estas.
11. Transición institucional
Mientras no se cree el nuevo sistema de reparación, “CONADI seguirá cumpliendo sus funciones de acuerdo con la ley, debiendo fortalecerse sus capacidades, lo que incluirá el Fondo de Tierras y Aguas, y la digitalización y accesibilidad tanto del Registro Público de Tierras Indígenas, a fin de garantizar la debida identificación, registro y protección de las tierras, como del Archivo General de Asuntos Indígenas, garantizando el debido acceso a la documentación histórica de las demandas territoriales de las comunidades mapuche”.
REPARACIÓN
12. Agencia de Reparación
La Agencia de Reparación será dependiente del nuevo órgano de alta jerarquía política y reparará a las comunidades en sus distintos procesos de sus demandas.
13. Modificaciones en materia de contratos en tierras indígenas
La comisión también “recomienda que el Estado provea de una unidad especializada de acompañamiento jurídico, que será parte del órgano de alta jerarquía política que se propone crear, cuya función será prestar asesoría y representación jurídica gratuita a las comunidades y demás personas jurídicas o naturales mapuche en la celebración de los contratos autorizados por la ley”.
14. Tierras forestales
La comisión recomienda proponer un nuevo marco de entendimiento, reparación y cooperación entre las comunidades mapuche y la industria forestal.
“Para ello, la Comisión recomienda que se constituya una mesa de trabajo entre la industria forestal y el Ejecutivo, con el objetivo de revisar, actualizar y priorizar según los criterios que esta comisión establece para el proceso de transición de los predios forestales que están siendo demandados y que podrían ser adquiridos a través de Conadi”, detallan.
15. Formas en que repara la Agencia
“La reparación deberá basarse en los principios del Convenio 169 de la OIT, priorizando la reparación en tierras. No obstante, las comunidades o familias indígenas podrán optar por otras modalidades de reparación”, sostienen.
OTRAS ALTERNATIVAS DE REPARACIÓN
1. Las familias o comunidades indígenas podrán optar por formas de reparación alternativas a las tierras con las que cuente la Agencia de Reparación. Entre estas se considerarán: infraestructura habitacional o productiva, el pago de créditos hipotecarios, el financiamiento de estudios de educación superior. Estas formas de reparación podrán complementarse entre sí.
2. Se establecerá un mecanismo específico para familias indígenas que opten por una reparación en tierras de forma separada de la comunidad solicitante. El monto de reparación será proporcional al derecho colectivo al que se ha renunciado.
3. Podrá acordarse con las comunidades indígenas reparación mediante mecanismos de participación en la administración y gestión de parques nacionales, reservas u otras áreas protegidas sobre las que las normas actuales lo permitan, cumpliendo con las normas medioambientales vigentes.
4. Las familias que viven en zonas urbanas o periurbanas podrán acceder a planes habitacionales de acuerdo con su realidad con cargo a su reparación.
REPARACIÓN DE TIERRAS
16. Criterios para la reparación en tierras
Para el acceso a la reparación en tierras se considerarán los siguientes criterios:
a. Comunidades más antiguas según fecha del ingreso de la solicitud de aplicabilidad.
b. Composición del grupo familiar de las comunidades indígenas, priorizando la entrega de tierras a hogares según los criterios de focalización del registro social de hogares.
c. Comunidades con aplicabilidad sin compra previa.
d. Comunidades que tienen designado el predio presentado en el expediente del proceso del artículo 20 b).
e. Comunidades domiciliadas en la comuna o comunas colindantes al predio disponible.
f. Comunidades que presenten predios con colindancia al título invocado.
17. Competencia del Tribunal Arbitral
El Tribunal Arbitral reconocerá el derecho a reparación para las comunidades no constituidas a la fecha de entrega de las recomendaciones que invoquen títulos que no hayan sido previamente invocados, a partir de una serie de requisitos determinados.
18. Desarrollo territorial y económico de las regiones
La comisión sostiene que considerando “los altos indicadores de desigualdad, pobreza y brecha de desarrollo que reflejan las cuatro regiones”, se requieren políticas públicas que impulsen su desarrollo e inversión.
“En este contexto se requiere implementar una estrategia regional que invite al trabajo público privado, a la inversión nacional y extranjera y generar condiciones que faciliten el desarrollo de actividades económicas en los ámbitos propios de estas regiones, especialmente, agricultura, agroindustria, turismo, entre otras áreas”, afirmaron.
FINANCIAMIENTO
19. Acompañamiento al Nuevo Sistema de Reparación de Tierras
Los comisionados proponen crear “un programa de acompañamiento de los nuevos propietarios que implique una atención integral, especializada que permita un desarrollo económico sostenido de las familias que serán parte de este proceso”.
20. Acceso al Financiamiento
“Dada la inalienabilidad de la tierra indígena, se recomienda estudiar mecanismos de acceso a financiamiento (garantía estatal u otros) de proyectos de desarrollo de personas naturales y jurídicas indígenas, incluyendo la posibilidad de ampliar los esquemas de cooperativas de ahorro y crédito ya existentes”, agregan.
21. Implementación de las recomendaciones
Finalmente, la comisión insta a “crear una oficina, dentro de un actual órgano de alta jerarquía, encargada de la implementación de las medidas recomendadas por esta Comisión, la cual funcionará como una instancia de continuidad de la actual Secretaría Ejecutiva”.
“Esta oficina será responsable de impulsar, coordinar y supervisar la implementación de las medidas recomendadas por esta Comisión”, concluye la instancia.