Nacional y economía

PDI absuelto por muerte en operativo tras determinarse legítima defensa

Javiera Sanzana

Periodista

PDI
Foto referencial: Agencia Uno
El tribunal, por unanimidad, concluyó que el acusado actuó en legítima defensa de terceros y dentro del marco del ejercicio legítimo de la fuerza.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina decidió absolver al detective de la Policía de Investigaciones (PDI), Javier Ignacio Parra Ulloa, acusado del delito de apremios ilegítimos con resultado de muerte.

El caso se centra en la muerte de María Ignacia Pérez Barriga, ocurrida el 12 de octubre de 2020.

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Según la querella presentada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), la víctima viajaba en automóvil junto a su pareja y su suegro rumbo a un centro comercial en Lampa.

ENCERRONA

Más tarde, un vehículo con funcionarios de la PDI los interceptó. La querella señala que los ocupantes del automóvil particular habrían interpretado la situación como una encerrona, por lo que intentaron escapar.

En ese momento, Parra Ulloa disparó contra el vehículo, provocando la muerte de Pérez.

El tribunal, por unanimidad, concluyó que el acusado actuó en legítima defensa de terceros y dentro del marco del ejercicio legítimo de la fuerza.

FALLO

En el fallo se estableció que «Existe una indeterminación del lugar y momento en que el acusado habría percutado el disparo que cobró la vida de la víctima, ya que según distintos pasajes de los hechos, se puede inferir que posiciona al agente o sujeto activo, disparando en contra del móvil en que se desplazaba la víctima, cuando este se encontraba en movimiento y previo a una eventual colisión con otro vehículo motorizado, mientras que, según otros párrafos de la misma propuesta, se puede sostener que la conducta incriminada central ocurrió cuando el vehículo estaba detenido, después de haber colisionado».

«Momento y dinámica que, para este caso, resulta determinante, porque en el primer escenario se puede alegar, tal como lo hizo la defensa, la existencia de un peligro inminente o actual para terceras personas que se encontraban a bordo del vehículo que luego fue colisionado. Hipótesis que no es posible sustentar si el vehículo en que iba la víctima ya se encontraba detenido y no representaba tal peligro».

PDI

Respecto al uso de la fuerza, el TOP de Colina señaló que «El día 12 de octubre del año 2020, en horas de la mañana, en avenida Ecuador en dirección al norte, en la comuna Lampa, tres vehículos de la Policía de Investigaciones de Chile, y en cuyo interior de uno de ellos se movilizaba el detective Javier Parra Ulloa junto a otros tres funcionarios policiales, en el marco de un procedimiento policial de determinación del domicilio de Luis Pacheco Salas, quien mantenía una orden de detención vigente emanada del Juzgado de Garantía de Colina por el delito de homicidio simple».

«Interceptan el vehículo conducido por aquel para efectos de efectuarle un control de identidad, descendiendo Parra del móvil en compañía del subcomisario Orellana y González, identificándose como policías, no logrando la detención del móvil, el que acelera dirigiéndose en su contra, para luego continuar su marcha hacia el otro vehículo policial que se encontraba a metros del lugar».

CIRCUNSTANCIAS

«En las circunstancias anteriores, y atendido el peligro inminente de que Pacheco Salas colisionara el vehículo policial, Parra Ulloa profirió un disparo hacia el automóvil, impactando a María Ignacia Andrea Pérez Barriga, ocasionando su posterior fallecimiento“, agregó el tribunal.

Finalmente, se sostuvo que «La acción descrita, a juicio de estos sentenciadores, se encuentra debidamente amparada en el ejercicio legítimo de la fuerza, que el Estado le otorgó al acusado al detentar el cargo de detective de la Policía de Investigaciones de Chile, puesto que al efectuar un disparo con su arma de fuego, lo hizo en pleno cumplimiento a la normativa nacional e internacional, reglamentos y principios a los que se encontraba sujeto (…) Ciertamente, en particular, acató los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y racionalidad en cuanto al uso de la fuerza».

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