El Tribunal Oral en lo Penal de Cañete dictó la absolución de Jorge Escobar Escobar, tío abuelo de Tomás Bravo, acusado por el delito consumado de abandono de un menor de 10 años con resultado de muerte.
Tomás Bravo, un niño de 3 años, desapareció y encontraron su cuerpo sin vida en 2021 en Caripilún, región del Biobío.
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El juez Ricardo Piña señaló que «este tribunal ha resuelto por unanimidad absolver a Jorge Eduardo Escobar Escobar de las acusaciones en su contra como autor del delito consumado de abandono de niño menor de 10 años en lugar solitario con resultado de muerte».
AUDIENCIA
Además, se programó la audiencia para la comunicación de la sentencia el próximo 21 de julio, que se realizará por videoconferencia.
En su declaración final, entregada el 1 de julio, Escobar cuestionó la investigación, manifestando que desde «el día uno» se ha intentado responsabilizarlo por la muerte de Tomás Bravo.
«Del día uno de esta investigación me han querido a mi culpar del asesinato y todo lo que le pasó a Tomasito, ahora me pusieron otra porque no me pudieron culparme del Ministerio Público», afirmó Jorge Escobar Escobar.
«No hay argumento de eso. Nunca he dejado a Tomasito solo para que se me perdiera o lo que le pasó», agregó durante la audiencia. También destacó que «es una tradición en el campo que uno sale con los niños y siempre ha sido así».
¿POR QUÉ SE TOMÓ ESTA DECISIÓN?
El Tribunal Oral en lo Penal de Cañete resolvió por unanimidad absolver a Jorge Escobar, tío abuelo de Tomás Bravo, quien enfrentaba cargos por abandono de menor con resultado de muerte, causa impulsada por la Fiscalía del Biobío.
Según lo expresado por el tribunal, «Los acusadores no presentaron prueba alguna que permita determinar que el resultado de muerte provenga directamente de alguna conducta desplegada por el acusado».
Además, el fallo señala que «Al no haberse acreditado que el acusado haya desplegado la conducta de abandonar en los términos exigidos en el correspondiente tipo penal, se concluye que dicha conducta no es punible».
VERSIÓN ENTREGADA POR ESCOBAR
Los jueces respaldaron la versión entregada por Escobar, quien aseguró haber dejado de ver a su sobrino nieto solo por un momento el 17 de febrero de 2021, cuando descendió a una quebrada para atender a unos animales.
Tras la audiencia, Escobar expresó: «Son cuatro años que lo he pasado mal. Un poco más a lo mejor. He sufrido mucho con todo este hostigamiento. Igual mi familia sufrió. (…) Me quisieron transformar en otra persona. No pillaron cómo culparme, o sea que no encontraron pruebas y trataron de buscar pruebas que no eran así, pero no pudieron tampoco».
Por su parte, el defensor regional del Biobío, Osvaldo Pizarro, recalcó que el tío abuelo «Nunca concurrió a ese lugar con la intención de abandonar a Tomás».
PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
Asimismo, Pizarro sostuvo que la presunción de inocencia «Ha sido permanente, sostenida y constantemente vulnerada» y destacó que durante el juicio «Se logró demostrar la posibilidad de que exista o haya existido una tercera persona que tuvo acceso a ese lugar y que probablemente podría tener algún tipo de responsabilidad en la desaparición».
De hecho, el tribunal valoró una «Duda razonable» introducida por la defensa a través de una prueba pericial que sugiere la posible participación de un tercero en los hechos.
IMÁGENER CAPTURADAS
En esa línea, se detalló que «La pericia del experto Pablo Montalva, efectuada a partir de las imágenes capturadas por la cámara de seguridad de una empresa forestal, dio cuenta de la existencia de distintos movimientos en el último punto de avistamiento».
El análisis audiovisual consideró cuatro grabaciones desde una torre de vigilancia, en las que se aprecia, según el perito, a una presunta persona entrando al predio en el mismo horario en que el niño desapareció.
Actualmente, la Fiscalía de Los Ríos mantiene abierta una investigación no formalizada para esclarecer las circunstancias de la desaparición y fallecimiento del menor.