Este viernes 1 de agosto se cumple un año desde que entró en vigor la Ley Karin, normativa que buscó transformar las dinámicas laborales en Chile.
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La legislación introdujo cambios tanto al Código del Trabajo como a las regulaciones del sector público, con el fin de prevenir, investigar y sancionar situaciones de acoso laboral, acoso sexual y violencia en el entorno de trabajo, incluso cuando provienen de personas externas como clientes, usuarios o proveedores.
LEY KARIN
Con el fin de garantizar su aplicación efectiva, la ley obliga a las organizaciones a desarrollar y difundir protocolos preventivos, definir procedimientos y plazos de investigación, y establecer claramente quiénes serán los encargados del proceso y bajo qué criterios se conducirá.
También exige implementar medidas de resguardo desde el momento en que se presenta una denuncia y prohíbe expresamente tomar represalias contra quienes participen en el proceso declarando.
NORMATIVA
Entre las facultades que otorga la normativa, se establece que los empleadores están obligados a investigar las denuncias. Sin embargo, los trabajadores también tienen la opción de acudir directamente a la Dirección del Trabajo (DT), entidad que, al recibir la denuncia, se encarga de la investigación, obligando al empleador a colaborar.
Una vez finalizada esta etapa, la DT puede recomendar medidas correctivas, imponer sanciones, ordenar la implementación de protocolos o aplicar multas en caso de incumplimiento.
IMPLEMENTACIÓN
La implementación de la ley no fue sencilla para el mundo empresarial, que durante los primeros meses debió adaptarse rápidamente. A inicios de 2025, la Dirección del Trabajo publicó un informe con un balance preliminar de su aplicación.
Entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2024, el organismo recibió 21.864 denuncias, de las cuales 9.151 (42%) se enmarcaron dentro de los parámetros definidos por la Ley Karin en el ámbito privado.
En ese mismo período, se registraron 5.214 denuncias en el sector público centralizado. Se espera que en los próximos días se entreguen nuevos datos actualizados a propósito del primer aniversario de la ley.
En este contexto, diversos expertos han analizado los alcances de la normativa. Aunque reconocen avances importantes, también advierten sobre obstáculos pendientes. Uno de los puntos más críticos ha sido la lentitud en la resolución de los casos.
EVALUACIONES GENERALES
Para Santiago Swett, gerente de Deloitte Legal, el primer año de la ley ha dejado un saldo positivo. No obstante, subraya que implicó «Un gran esfuerzo para las empresas, principalmente por la demora en la publicación del reglamento y los dictámenes de la DT».
Además, señala que esta institución «No contó con los recursos suficientes para atender el aumento inicial de denuncias, aunque la cantidad de casos ha tendido a estabilizarse con el tiempo».
A juicio del abogado, destaca que «El 35% de las denuncias no correspondieron a hechos constitutivos de acoso o violencia, y que en el 72,2% de los casos tramitados no se constató vulneración».
AUMENTO
Desde Adecco Chile, María Isabel Cáceres, gerente Legal, también ha observado «Un aumento muy significativo» en las denuncias.
«Según los registros de la Dirección del Trabajo, las denuncias por acoso laboral pasaron de 2.232 en 2023 a 5.051 en 2024, lo que representa un incremento del 126%», sostiene.
Por su parte, Yasna Celis, socia del estudio jurídico CS Compliance Laboral, advierte que «Centros de mediación de las distintas Inspecciones del Trabajo colapsaron el primer mes de entrada en vigencia». Y agrega:
«Actualmente (en la DT) tienen un promedio de retraso de resolución de investigación entre 4 a 6 meses, muy lejos de los 30 días que por ley se exige para resolver las denuncias. Lo cual conlleva a la problemática de que la persona trabajadora que eventualmente decida demandar de tutela tendrá la acción caduca».
CASOS
María Cristina Fernández, directora ejecutiva de KPMG en Chile, recuerda que desde la entrada en vigencia hubo una «avalancha» de casos:
«Si consideramos que el escenario anterior a la ley era más bien de cierto temor a expresar cuando había algún tipo de molestia o algún tipo de situaciones que pudiesen ser constitutivas de acoso en el ámbito laboral, este incremento era esperable».
DIFICULTADES PERSISTENTES
Swett señala que la DT ha sido sobrepasada por el volumen de denuncias, algo que considera una consecuencia lógica de las nuevas atribuciones que se le entregaron.
«El no cumplimiento de plazos perentorios (30 días) es grave, pensando en el daño que puede generársele a las partes del procedimiento, en circunstancias tales que, en un proceso que debe ser concentrado y sujeto al principio de celeridad, los resultados están tomando 5 o 6 meses».
En la misma línea, Fernández apunta que «Dada la alta expectativa y la gran cantidad de denuncias recibidas, la DT no ha tenido la capacidad a nivel de dotación de resolver la revisión de todos los procesos que lleva adelante el empleador. Y eso ha generado una especie de caída en las expectativas del trabajador en cuanto a la resolución del conflicto que pretendía solucionarse a través de la ley Karin».
MUJERES
Desde Adecco, Cáceres pone el foco en la brecha de género. A su juicio,
«La mayoría de las denuncias provienen de mujeres jóvenes y de mediana edad. Por ejemplo, el 54% de quienes denuncian acoso sexual son mujeres menores de 35 años, y el 38% de todas las denuncias por Ley Karin corresponden a mujeres de hasta 39 años. Esto evidencia una mayor vulnerabilidad de las mujeres en el mundo laboral».
Asimismo, subraya que gran parte de los casos se concentran en grandes empresas: «El 50% de las denuncias por acoso laboral y el 49% de las de acoso sexual provienen de grandes empresas».
AVANCES RELEVANTES
Pese a los desafíos, Swett destaca que: «De parte de las empresas vemos un real ánimo de cumplimiento y de gestión del cambio cultural, lo que se ha traducido en la confección de protocolos, actualización de reglamentos internos, comunicaciones de canales oficiales y capacitaciones anuales, así como también la educación en estas materias, entre otras».
Y añade que: «Hemos visto que muchas denuncias presentadas ante la autoridad laboral han sido rechazadas, lo que significa que los criterios establecidos en la norma para la determinación de existencia de acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo no han sido laxos».
Cáceres también resalta que muchas firmas han avanzado en la prevención. «La ley exige a las empresas adoptar medidas preventivas y sancionatorias, lo que ha impulsado la creación de protocolos y capacitaciones internas», indica.
PROYECCIONES
Recientemente, el director del Trabajo, Pablo Zenteno, entregó una evaluación institucional del primer año desde la promulgación de la ley.
«Hay grandes desafíos dijo, pero esta es una ley que tiene una valoración social muy importante. Se percibe como una ley necesaria que ha visibilizado la necesidad de generar un cambio cultural en las relaciones laborales».
Además, adelantó que: «En los próximos días en el marco de las estadísticas que vamos a entregar como institución se va a dar cuenta también de nuevas medidas, de nuevas acciones que, como institución, y también desde otros organismos, se van a seguir adoptando para seguir cumpliendo los propósitos en donde uno de los desafíos que sigue estando muy presente es el tema de la prevención».