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Expulsan a cadete de la FACH por filtrar fotos íntimas de su expareja oficial

Javiera Sanzana

Periodista

FACh
Foto: Agencia Uno
De acuerdo con la FACH, esta situación atentó contra el valor del honor, lo que derivó en la imposición de la sanción más grave contemplada en el Reglamento de Disciplina.

SUn cadete de la Escuela de Especialidades de la Fuerza Aérea de Chile (FACH) fue dado de baja después de que se filtrara material íntimo de una oficial con la que había mantenido una relación sentimental.

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El caso se originó en septiembre de 2024, cuando el director de la Academia Politécnica Aeronáutica ordenó realizar una investigación sumaria administrativa para esclarecer la eventual difusión de fotografías privadas de una oficial vinculada sentimentalmente al subalférez Tomás Sarmiento, las cuales habrían circulado dentro de la escuela.

INVESTIGACIÓN

Concluida la investigación, se determinó que el cadete había incurrido en una falta reglamentaria y administrativa, debido a «No haber resguardado suficientemente el material audiovisual» de su expareja.

De acuerdo con la FACH, esta situación atentó contra el valor del honor, lo que derivó en la imposición de la sanción más grave contemplada en el Reglamento de Disciplina.

Tras ello, el Consejo de Instrucción y Disciplina de la Escuela de Aviación recomendó aplicar la medida de licenciamiento, es decir, su desvinculación de la institución.

RECURSO DE PROTECCIÓN

Ante la sanción, el cadete interpuso un recurso de protección, alegando que se habían vulnerado sus derechos fundamentales, ya que, según afirmó, no se le otorgó un debido derecho a defensa ni un conocimiento completo y oportuno de los cargos que enfrentaba.

También argumentó que el reglamento no define con precisión una conducta reprochable en su caso, sino que entrega al sancionador la posibilidad de evaluar los hechos, lo que debe hacerse en base a criterios objetivos. Sin embargo, de acuerdo con su defensa, «Esta última no puede ser antojadiza ni vulneratoria de garantías constitucionales».

DERECHOS

Asimismo, sostuvo que en diciembre de 2024, durante la ceremonia de egreso de los oficiales, su situación administrativa aún no estaba resuelta, por lo que el 11 de diciembre se postergó su incorporación a la planta institucional.

Esto motivó su retiro de la unidad de formación y lo obligó a permanecer en una dependencia anexa a las prácticas ceremoniales, quedando expuesto ante sus compañeros, lo que según planteó afectó sus derechos constitucionales.

SALUD MENTAL

A lo anterior agregó que debió recurrir por su cuenta a profesionales de salud mental, ya que en el hospital institucional no había disponibilidad. Allí fue diagnosticado con un trastorno adaptativo, ansiedad severa, alteraciones del sueño e hiperfagia.

Finalmente, acusó que también se vio afectada su garantía constitucional, pues, a pesar de haber cumplido con todas las exigencias académicas y militares, se le negó la entrega del título profesional de oficial de la Fuerza Aérea.

LA RESPUESTA DE LA FACH

En su respuesta, la institución indicó que el cadete presentó el recurso de forma extemporánea, ya que lo interpuso el 23 de febrero de 2025, cuando la sanción ya estaba firme desde el 3 de enero de ese año y él conocía la medida desde diciembre de 2024.

En cuanto al fondo, la FACH argumentó que las sanciones impuestas fueron revisadas por las instancias correspondientes y que el licenciamiento se ajustó al Reglamento de Disciplina. Se le atribuyó responsabilidad por «No haber resguardado suficientemente material audiovisual sexual almacenado en su dispositivo celular, cuestión que significó la difusión del mismo entre otros oficiales, exponiendo gravemente a la oficial que aparecía en dicho contenido, perjudicando su dignidad, lo cual no se condice con la conducta que todo subalferez debe mantener en la Escuela de Aviación».

INTITUCIÓN

La institución también enfatizó que la dirección de la Escuela posee facultades para aplicar sanciones disciplinarias que pueden llegar hasta la expulsión. Además, recalcó que no se vulneró el derecho a defensa del cadete, ya que este reconoció haber recibido copia de la investigación sumaria.

La FACH añadió que los hechos constituyeron «Conductas reprochables desde un punto de vista disciplinario y que se encuentran alejadas de los principios y valores que son exigibles a los cadetes de la Escuela de Aviación, entre ellos, el honor».

Respecto a la postergación de su egreso, indicó que el Reglamento de Evaluación Educacional de la institución contempla dicha medida, y que la decisión adoptada respondió a la necesidad de asegurar «Una adecuada formación valórica, disciplinaria e intelectual de los alumnos de las escuelas matrices».

RESOLUCIÓN JUDICIAL

Tras revisar los antecedentes, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel resolvió rechazar el recurso de protección presentado por Sarmiento, confirmando su expulsión de la FACH.

El tribunal argumentó que la Fuerza Aérea posee autonomía para establecer reglamentos y protocolos que regulen la conducta de sus cadetes.

Del mismo modo, consideró que la institución no actuó de manera ilegal ni arbitraria, ya que se mantuvo dentro de sus facultades. Además, se constató que el cadete hizo uso de los recursos administrativos correspondientes en contra de la sanción, los que quedaron resueltos y notificados el 3 de enero de 2025, por lo que cualquier impugnación posterior resultaba extemporánea.

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