La Corte Suprema resolvió a favor de Salvador Said Somavía en la disputa judicial por el uso y registro de la marca “SAID”, zanjando de manera definitiva el conflicto que lo enfrentaba con Jorge Said Yarur, quien había solicitado inscribir el apellido como marca comercial en la clase 35 (servicios de publicidad y gestión de negocios).
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En una sentencia emitida por la Segunda Sala del máximo tribunal, se anula el fallo del Tribunal de Propiedad Industrial y se rechaza el registro solicitado por Jorge Said Yarur, acogiendo la oposición presentada por Salvador Said Somavía.
LA CORTE SUPREMA DETERMINÓ RIESGO DE CONFUSIÓN
De acuerdo con el fallo, el registro de la marca podría inducir a error o engaño al público consumidor, dado que existe un uso reconocido y previo de la denominación “GRUPO SAID” en actividades económicas ampliamente difundidas en medios nacionales.
La sentencia establece que el apellido se asocia públicamente al grupo económico compuesto por distintas empresas controladas por la familia, por lo que permitir la inscripción exclusiva del término por un integrante distinto podría generar confusión respecto del origen de los servicios.
“Aceptar el registro de la marca SAID se prestará para inducir a error o engaño a los consumidores (…) al entenderse que provienen de una empresa que forma parte de ese conocido grupo económico.”
DECLARACIÓN DE IRREGISTRABILIDAD
La Corte Suprema aplicó tres causales de irregistrabilidad de la Ley de Propiedad Industrial (artículo 20 letras c, f y k), señalando que:
- El apellido constituye un elemento personal protegido, por lo que no puede registrarse sin cumplir los requisitos legales.
- Su uso podría inducir a error o confusión sobre la procedencia de los servicios.
- Buscar registrarlo para uso exclusivo sería contrario a la ética mercantil.
FALLO DEFINITIVO
El tribunal concluye “Se acoge la oposición deducida por Salvador Said Somavía y, en definitiva, se rechaza el registro solicitado de la marca SAID.”
La resolución fue firmada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, María Cristina Gajardo y los abogados integrantes Pía Tavolari y Eduardo Gandulfo.
La Corte Suprema le da la razón a Salvador Said por la disputa de la marca familiar.
El máximo tribunal zanjó la controversia entre los dueños de Parque Arauco y la marca “SAID”.-@EstaPasando_CL @ContrapoderCH @BuenosDiasTVN pic.twitter.com/frVAh2UaGM
— Mario Antonio Guzmán (@MarioAntoGuzman) October 30, 2025
 
								





