Nacional y economía

Abogado de Contraloría fue destituido por mal uso de licencias médicas

María González

Periodista

Contraloría abogado
Foto: Agencia Uno
La justicia confirmó el despido del trabajador

La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó un recurso de protección presentado contra una resolución exenta, dictada por la Contraloría General de la República (CGR), que dispuso la destitución de un abogado que se desempeñaba en la repartición en la región de Coquimbo.

Cabe precisar que, el motivo de la destitución fue por un uso indebido de licencia médica, sobre el cual se determinó que «infringió gravemente el principio de probidad administrativa».

Según lo informado por el Poder Judicial, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó un actuar ilegal o desproporcionado de la autoridad contralora al aplicar la máxima sanción al profesional que justificó un viaje a Brasil con la presentación de una licencia que le prescribía reposo total en su domicilio.

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DESTITUCIÓN DE ABOGADO DE LA CONTRALORÍA

El fallo indicó «en efecto, las partes están de acuerdo –o al menos no hay controversia– en la efectividad de la ocurrencia del sumario en contra del actor. El que concluyó que hizo uso de una licencia médica estando fuera de Chile e iniciando un reposo durante un día en que debía estar disponible ejerciendo sus funciones.

Resulta inconcuso afirmar, además, que producto de tales cargos el actor fue objeto de sanción, imponiéndosele la de destitución. En contra de esta decisión interpuso recursos que fueron fallados, siendo esta la decisión recurrida por esta vía constitucional».

«La entidad a cargo del procedimiento sumarial estimó pertinente aplicar la máxima sanción, atendidos los argumentos que expone con especial detención y claridad, invocando el principio de probidad administrativa y las especiales características de las funciones que debía desplegar el actor, las que no se condicen con la conducta imputada. Dicha falta fue considerada como grave y la sanción impuesta una de las posibles», añadió.

El tribunal de alzada señaló en su fallo que «se tiene por cierto que la conducta calificada de grave consistió en que este, en octubre de 2024, adquirió pasajes a Brasil, iniciando el viaje el 30 de diciembre de ese año y culminando el 7 de enero de este año. 

Luego, se comprobó que el día 30, antes mencionado, fue un día hábil en el que el actor debía concurrir a sus funciones y en horas de la tarde se le extendió una licencia médica. La que ordenaba reposo total en su domicilio, lo que resultaba imposible, dada su permanencia en país extranjero. La que se extendió conforme a la original planificación del viaje».

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