Nacional y economía

CNE aprueba informe que baja tarifas eléctricas por error de cálculo

Javiera Sanzana

Periodista

CNE
Foto: Agencia Uno
El informe confirma que los clientes regulados recibirán la devolución de los montos asociados a la sobreestimación del efecto inflacionario en los saldos de facturación.

La Comisión Nacional de Energía (CNE) publicó este 14 de noviembre de 2025 la Resolución Exenta N°715, que autoriza la difusión del Informe Técnico Definitivo para la Fijación de Precios de Nudo Promedio del Sistema Eléctrico Nacional.

El documento, correspondiente al primer semestre de 2026, incorpora los ajustes derivados de las observaciones recibidas tras la entrega del informe preliminar en octubre, lo que se traduce en una baja en las tarifas eléctricas debido a un error de cálculo en los cobros.

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El informe confirma que los clientes regulados recibirán la devolución de los montos asociados a la sobreestimación del efecto inflacionario en los saldos de facturación. Esto ocurrió por la aplicación simultánea de la tasa de interés corriente no reajustable y la variación del IPC, según precisó la CNE.

INFORMACIÓN

La información oficial detalla que la tarifa residencial para un consumo de 180 kWh al mes disminuirá en promedio un 2,02% a nivel nacional. El organismo agregó que, sin la corrección derivada de la sobreestimación, “se habría registrado un alza promedio de 1,33%”.

Con esta decisión, la CNE da cumplimiento a los artículos 157 y 158 de la Ley General de Servicios Eléctricos, que establecen el cálculo semestral de los precios promedio de generación de los contratos de suministro que las distribuidoras deben traspasar a los clientes regulados.

COMUNICADO OFICIAL

En su comunicado oficial, la entidad recordó que “los precios promedio que las concesionarias de servicio público de distribución deben traspasar a sus clientes regulados serán fijados mediante decreto del Ministerio de Energía, expedido bajo la fórmula ‘por orden del Presidente de la República’, previo informe de la Comisión”. El criterio se encuentra establecido en el artículo 158 de la Ley General de Servicios Eléctricos.

La resolución también precisa que “los decretos de Precios de Nudo Promedio (PNP) tendrán una vigencia semestral y serán dictados en la oportunidad que determine el reglamento”, lo que permite actualizar periódicamente las tarifas según los costos y condiciones del sistema eléctrico.

CNE

Para la elaboración del informe definitivo, la CNE consideró la Ley N° 21.472, que crea un fondo de estabilización tarifaria y establece un mecanismo transitorio para clientes regulados, además de los ajustes incorporados por la Ley N° 21.667. El proceso incluye tanto los Precios de Nudo de Largo Plazo —definidos mediante licitaciones públicas— como los de Corto Plazo, aplicables a contratos anteriores a la Ley N° 20.018 de 2005.

La institución recordó que “mediante Oficios Ordinarios N° 934 y N° 935 individualizados en el literal ii) de Vistos, esta Comisión comunicó al Ministerio de Energía y a las empresas generadoras y distribuidoras del Sistema Eléctrico Nacional, y a las empresas distribuidoras de los Sistemas Medianos, respectivamente, el Informe Técnico Preliminar de Precios de Nudo Promedio, de octubre de 2025”.

Además, el organismo extendió los plazos para recibir observaciones al informe preliminar, según lo establecido en el Oficio Ord. N° 943 del 20 de octubre de 2025, de manera que todos los actores pudieran revisarlo con detalle y presentar comentarios. Tras este proceso, la CNE analizó cada observación antes de dar luz verde al informe definitivo.

Este documento técnico servirá como base para que el Ministerio de Energía dicte el decreto que fijará los precios de nudo promedio correspondientes al primer semestre de 2026, definiendo las tarifas que deberán pagar los usuarios regulados.

CRITERIOS

En cuanto a los criterios metodológicos, la CNE utilizó como tipo de cambio “el promedio del valor diario del dólar observado de los Estados Unidos de América de los meses de abril 2025 a septiembre de 2025, publicados por el Banco Central (953,25 [$/$US])”. La Comisión ajustó los Precios de Nudo de Largo Plazo según sus fórmulas de indexación al 1 de octubre de 2025, y aplicó los factores de modulación del Decreto Supremo N° 20T del Ministerio de Energía para determinar los valores en los puntos de compra de las distribuidoras.

El informe incluye tablas con los valores actualizados para cada licitación, bloque, tipo de bloque, empresa suministradora y distribuidora, expresados en dólares y en pesos según el tipo de cambio utilizado.

La CNE cierra el documento señalando que “en consideración a lo expuesto en los considerandos anteriores, mediante el presente acto, esta Comisión aprueba el Informe Técnico Definitivo para la Fijación de Precios de Nudo Promedio del Sistema Eléctrico Nacional, de noviembre de 2025, correspondiente al primer semestre de 2026″. Con esta resolución, se completa la fase técnica del proceso tarifario.

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