La Corte Suprema rechazó recurso de casación en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que elevó la indemnización que el Fisco debe pagar a un prisionero político sometido a torturas en el regimiento Pudeto y el campo de prisioneros de Isla Dawson, entre 1973 y 1974.
En la sentencia (rol 160.767-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra Pía Tavolari- descartó falta de fundamento en la sentencia que aumentó la indemnización.
“Que, el que la determinación del monto dinerario que permita en algún modo reparar, mitigar o ayudar a sobrellevar el dolor causado por el hecho ilícito asentado, deba necesariamente realizarse prudencialmente, ante la imposibilidad de fijar con alguna exactitud y certeza la suma que sirva a esos objetivos, no conlleva que esa avaluación sea arbitraria y antojadiza para el órgano jurisdiccional», señala la sentencia.
Y continúa: «sino que ante la imposibilidad de concretarla sirviéndose de fórmulas, pautas o métodos uniformes y universales para todo tipo de situaciones, el tribunal debe analizar cada caso en base a sus especificidades y particularidades, sopesándolas con cautela y moderación, lo que por cierto le entrega mayor flexibilidad para dicha determinación, pero que no implica en modo alguno liberarlo del deber de expresar las razones que llevaron a arribar a esa conclusión”, dice el fallo.