En pleno proceso de cobro a los deudores del CAE, la Organización de Trabajadoras y Trabajadores Judiciales (OTJ) alertó sobre un oficio enviado por la Presidenta de la Corte Suprema.
El documento señala que, «tras cruzar información con la página web del Consejo de Rectores de Universidades Chilenas, habría detectado la existencia de funcionarios del Poder Judicial que figuran como deudores morosos».
Asimismo, se pide a los funcionarios regularizar sus deudas antes del 30 de mayo. Esto, además de informar de ello a la Corte Suprema, «bajo apercibimiento de adoptar “las medidas pertinentes”, fundado en “las exigencias de conducta que nos asisten por nuestra condición de funcionarios públicos” (sic)».
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COBRO DEL CAE EN LA CORTE SUPREMA
En ese contexto, desde la OTJ denuncian que esto «resulta ilegal y excede las funciones que el Código Orgánico de Tribunales le encomienda a dicha institución, careciendo de facultades para investigar a las y los funcionarios del Poder Judicial. Asimismo, lamentamos que el Pleno de la Corte Suprema y su Presidencia se vean involucrados en una situación impropia de una alta magistratura, asimilable a prácticas propias de una empresa de cobranza».
Junto con ello, precisan que es la ley la que regula el cobro de estas deudas. Por ello, los Tribunales de Justicia son «los órganos competentes para conocer y ejecutar dichas obligaciones conforme a derecho, sumado a que al ser causas de competencia civil asiste el Principio Dispositivo, es decir el impulso procesal incluso en extrajudicial recae sobre las partes y este caso el acreedor».
Por último, recalcan que «aun en el evento de estimarse legítimo el cobro de estas acreencias, no corresponde que el Pleno de la Corte Suprema, a través de su Presidenta, actúe como una instancia de cobranza extrajudicial, comprometiendo con ello el principio de independencia judicial. Ello resulta especialmente grave si se considera que dichos tribunales podrían eventualmente conocer de estas mismas causas, algunas de las cuales incluso podrían encontrarse prescritas».







