Nacional y economía

Gobierno activa Fondo Nacional de Reconstrucción

Aysén
Foto: Agencia Uno
El Fondo Nacional de Reconstrucción permitirá recibir donaciones privadas con beneficios tributarios para apoyar a las regiones afectadas.

El Fondo Nacional de Reconstrucción fue activado por el Gobierno para financiar la recuperación de infraestructura, equipamiento y obras dañadas por el sistema frontal que afectó a diversas comunas entre las regiones de Atacama y Los Ríos. El Fondo Nacional de Reconstrucción también permitirá canalizar aportes privados destinados a la reconstrucción de las zonas más golpeadas.

El mecanismo contempla la recepción de donaciones en dinero, bienes o mediante la ejecución directa de proyectos. Tanto personas como empresas que realicen aportes podrán acceder a los beneficios tributarios establecidos en la legislación vigente.

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La activación del Fondo Nacional de Reconstrucción se concretó luego de que el Ejecutivo declarara zonas de catástrofe en los territorios afectados por las intensas lluvias. El instrumento podrá operar por un período máximo de dos años desde la publicación del decreto correspondiente.

¿Qué es el Fondo Nacional de Reconstrucción?

Creado mediante la Ley N.º 20.444, este instrumento es administrado por el Ministerio de Hacienda y tiene como finalidad financiar obras de construcción, reconstrucción, restauración, reposición, remodelación y rehabilitación de infraestructura pública y privada dañada por catástrofes.

Asimismo, los recursos pueden destinarse a la recuperación de inmuebles patrimoniales, monumentos históricos, zonas típicas y otros bienes de valor arquitectónico que hayan resultado afectados por la emergencia.

El Ministerio de Hacienda será responsable de administrar los recursos, definir el destino de los aportes y entregar el respaldo técnico necesario para ejecutar los proyectos financiados.

Beneficios para quienes realicen donaciones

Las personas naturales y empresas que contribuyan al Fondo Nacional de Reconstrucción podrán acceder a incentivos tributarios contemplados por la normativa.
En el caso de las empresas, además de los aportes en dinero, podrán donar bienes o ejecutar directamente obras de reconstrucción, manteniendo los beneficios fiscales correspondientes.

La normativa considera a contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría, del Impuesto Global Complementario y del Impuesto Único de Segunda Categoría.
Gobierno elabora cartera de proyectos prioritarios

Paralelamente, el Ministerio de Hacienda inició el levantamiento de información sobre los daños provocados por el sistema frontal para definir una cartera de proyectos prioritarios.

El objetivo es orientar los recursos provenientes del sector privado hacia iniciativas que respondan a las principales necesidades de cada territorio afectado.

Finalmente, la Secretaría Técnica del Fondo supervisará el uso de los aportes, realizará seguimiento a las obras financiadas e informará periódicamente sobre su avance.

Además, coordinará el trabajo con la mesa técnica interministerial para impulsar proyectos que no cuenten con financiamiento privado.

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