Política

El incómodo oficio de controlar al poder

Mario López M.

Boceto creado con herramientas digitales
INDH, Tribunal Constitucional y Contraloría enfrentan cuestionamientos cuando sus actuaciones incomodan al poder. Discutir sus decisiones es legítimo; deslegitimar al controlador por ejercer sus atribuciones abre una peligrosa discusión para el Estado de Derecho.

El incómodo oficio de controlar al poder parece tener cada día más vigencia. Hoy, Yerko Ljubetic, director del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), tras ser amenazado si ejercía sus atribuciones en la operación Cancerbero, lanzó una advertencia que tardó muy poco en adquirir actualidad. Al responder a parlamentarios de derecha que cuestionaron una eventual intervención del INDH, mencionó expresamente a la Contraloría y al Tribunal Constitucional.

“El día de mañana pueden hacer lo mismo con otros organismos autónomos, tales como la Contraloría o el Tribunal Constitucional, y poner en cuestión o su existencia o sus atribuciones por el solo hecho de discrepar de sus definiciones o de sus decisiones”, afirmó.

¿El TC está «podrido»?

Y, no hubo que esperar demasiado. Este viernes, luego el fallo del Tribunal Constitucional que acogió en parte la impugnación de la oposición a la megarreforma del gobierno, el senador independiente e integrante de la bancada RN José Manuel Rojo Edwards fue categórico: “Lo del TC, a mi juicio, es vergonzoso. Se ha transformado en una tercera Cámara Política ideologizada que se dedica a tijeretear las leyes acordadas en el Congreso. En cuanto a defender la Constitución, es un organismo podrido”, dijo.

Agregó que “Creo que debemos cambiar la forma en que se nombran los jueces para que  efectivamente sea un órgano constitucional y no un órgano político”, señaló.

Claro que no es lo mismo cuestionar un fallo que cuestionar al tribunal que lo dicta. Esa diferencia, aparentemente sencilla, merece atención.

El derecho a discrepar

En una democracia nadie está obligado a considerar infalibles a sus instituciones. El Tribunal Constitucional puede equivocarse. La Contraloría también. El INDH puede exceder sus atribuciones o adoptar decisiones jurídicamente discutibles.

Parlamentarios, ministros y ciudadanos tienen pleno derecho a criticarlas. También pueden impulsar reformas para modificar sus facultades. Incluso pueden discutir democráticamente la existencia de determinadas instituciones. Eso forma parte de la democracia.

El problema aparece cuando dejamos de discutir lo que resolvió el controlador y comenzamos a deslegitimarlo por ejercer el control. La diferencia no es menor.

Rojo Edwards puede sostener que el Tribunal Constitucional interpretó equivocadamente la Carta Fundamental. Puede explicar dónde está el error, cuestionar sus fundamentos y promover una reforma constitucional. Pero calificar al organismo de “podrido” porque se discrepa de su decisión nos lleva a un terreno diferente.

Los derechos de quienes no nos gustan

Algo parecido ocurre con el INDH en la denominada Operación Cancerbero que trasladó a 191 internos considerados de alta peligrosidad hasta la cárcel La Laguna de Talca. No necesitamos minimizar la gravedad de sus delitos ni desconocer la necesidad de combatir al crimen organizado para preguntarnos por sus derechos.

Precisamente allí se prueba la fortaleza del Estado de Derecho. Pero diputados UDI advirtieron que el INDH deberá asumir “graves consecuencias políticas e institucionales” si visita a esos internos o recurre a la justicia. Republicanos fue más lejos. Anunció que insistirá en pedir el cierre del organismo si destina recursos públicos a defenderlos.

Pero los derechos fundamentales no constituyen un premio a la buena conducta. Una persona condenada pierde aquellos derechos afectados por la sentencia y por el régimen penitenciario que legítimamente debe soportar. No pierde su condición de persona y tampoco queda fuera del ordenamiento jurídico.

Por eso Cancerbero y el INDH no tendrían que ser adversarios. El Estado tiene el deber de combatir al crimen organizado. Para hacerlo puede utilizar legítimamente la fuerza que el ordenamiento jurídico le entrega. Pero también debe garantizar que esa fuerza permanezca dentro de los límites establecidos por la Constitución y las leyes. Y, en eso, el INDH tiene competencia, nos guste o no, pues una cosa no excluye a la otra.

¿Contraloría en la mira?

La advertencia de Ljubetic también mencionó a la Contraloría. Y aquí la historia resulta todavía más interesante. El organismo fiscalizador ha protagonizado varios desencuentros con el actual Gobierno.

Uno de los más importantes involucró a la exministra de Seguridad Trinidad Steinert. Contraloría cuestionó actuaciones de la entonces secretaria de Estado relacionadas con información solicitada a la PDI. La controversia se convirtió en uno de los problemas políticos que enfrentó antes de abandonar el gabinete.

Luego vino el denominado caso “Estado en quiebra”. Allí, la Contraloría determinó que la Segegob no logró justificar técnica ni fácticamente el uso institucional de esa expresión. El organismo ordenó iniciar un procedimiento disciplinario.

El Ministerio de Deportes recientemente está siendo investigado sobre la prohibición de la utilización irregular de vehículos fiscales. El caso tocó a la hoy exministra Natalia Duco, quien utilizó el auto oficial y a su chofer para asistir a una fiesta no institucional. Si bien ella lo negó por escrito, un video dio cuenta de la veracidad del hecho, siendo defenestrada del cargo. Hechos como estos abren debates entre el apego estricto a las normas de probidad y la defensa de la gestión gubernamental. Incómodo, por cierto, para un gobierno en que en 5 meses ha perdido 3 ministras, 6 subsecretarios y 33 seremis.

Muchos de ellos cuestionados por Contraloría. El Ejecutivo a su vez ha respondido y controvertido distintos pronunciamientos del ente fiscalizador. En algunos casos ha defendido a ministros y equipos de asesores frente a cuestionamientos administrativos. En otras, desde el ministerio aludido se han negado hechos que luego resultan ser verídicos.

El controlador incómodo

¿Significa aquello que el Gobierno puede terminar la Contraloría? No.  Pero el patrón es similar, atacar al que controla el cumplimiento del Estado de Derecho.

El poder tiene derecho a defenderse del controlador, qué duda cabe. Si Contraloría formula un reparo, el Gobierno puede responder y controvertirlo. Si el TC dicta una sentencia, un parlamentario puede criticarla. Si el INDH actúa, también corresponde examinar si lo hizo dentro de sus atribuciones.

Una democracia no exige reverencia institucional. Pero una cosa es controvertir el control y otra muy distinta es deslegitimar al controlador.

No siempre el árbitro tiene la culpa

Los contrapesos institucionales tienen una característica particularmente desagradable para quien ejerce el poder: incomodan. Esa es precisamente una de sus razones de existir.

Contraloría no fue creada para satisfacer al Gobierno de turno. El Tribunal Constitucional tampoco existe para garantizarle sus mayorías legislativas. Y el INDH no puede decidir a quién controla según la simpatía que provoque quien está bajo custodia estatal.

Podemos reformarlos. Podemos discutir sus decisiones. Podemos demostrar que se equivocaron y utilizar los mecanismos institucionales existentes para revertirlas. También podemos exigirles rigor, imparcialidad y respeto por sus propias atribuciones.

Lo peligroso comienza cuando consideramos legítima una institución solamente mientras sus decisiones coinciden con las nuestras. Porque el Estado de Derecho no consiste en tener árbitros que siempre nos den la razón. Consiste, sobre todo, en aceptar que sigan siendo árbitros cuando no nos la dan.

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