Nacional y economía

Parlamentarios buscan suspender por cinco años la Ley Karin

María González

Periodista

suspender Ley Karin
Foto: tribunalconstitucional.cl
Con ello, se restablecería temporalmente la normativa laboral anterior

Esta semana, se dio a conocer que un proyecto de ley busca suspender por cinco años los efectos de la Ley N°21.643, conocida como Ley Karin. En concreto, propone restablecer temporalmente las normas laborales vigentes antes del 1 de agosto de 2024. Es necesario precisar que la medida no afectaría los derechos adquiridos ni los procedimientos iniciados bajo la actual legislación.

Actualmente, la moción se encuentra en primer trámite constitucional en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social. La iniciativa fue presentada por los diputados Diego Vergara, Patricio Briones, Erich Grohs, Cristóbal Urruticoechea, Paulina Muñoz, Álvaro Jofré y Danisi Valenzuela,

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BUSCAN SUSPENDER LEY KARIN 

Los autores fundamentan la iniciativa en los efectos que, a su juicio, ha generado la implementación de la Ley Karin. En detalle, reconocen que la normativa respondió a una demanda social legítima al reforzar la prevención, investigación y sanción del acoso laboral y sexual, eliminar la exigencia de reiteración de las conductas e incorporar la violencia ejercida por terceros ajenos a la relación laboral.

No obstante, sostienen que su aplicación habría generado una sobrecarga que superó la capacidad de respuesta de los organismos encargados de implementarla. Según los antecedentes citados en la moción, a fines de 2025 se habían acumulado más de 66 mil denuncias, con un flujo cercano a 100 presentaciones diarias.

Esta situación no obedecería únicamente a problemas de gestión administrativa, sino también a aspectos estructurales de la regulación. Con base en datos de la Dirección del Trabajo y de la Superintendencia de Seguridad Social, señalan que solo un 42% de las denuncias ingresadas corresponderían estrictamente a materias comprendidas en la ley, mientras cerca del 40% se relacionaría con conflictos laborales comunes, como diferencias salariales, feriados o cotizaciones previsionales.

La moción atribuye esta situación, entre otros factores, a la inexistencia de un examen previo de admisibilidad y a la amplitud de conceptos como “violencia en el trabajo”.

Según los autores, esta congestión afectaría tanto a quienes denuncian como a las personas denunciadas. Afirman que el plazo legal de 30 días para desarrollar las investigaciones se incumpliría de manera sistemática, con demoras de entre seis y nueve meses que retrasarían la protección de quienes efectivamente han sido víctimas de acoso o violencia.

OBJETIVO DE LA INICIATIVA

Frente a este diagnóstico, la iniciativa propone suspender transitoriamente las modificaciones introducidas por la Ley N°21.643 al Código del Trabajo, así como los reglamentos y directrices administrativas dictados para su aplicación.

La suspensión tendría una duración improrrogable de cinco años, contados desde la publicación de la eventual ley. Durante ese período volverían a regir temporalmente las normas laborales anteriores al 1 de agosto de 2024, manteniéndose así un marco de protección para los trabajadores.

El objetivo declarado es otorgar al legislador un período para evaluar el impacto de la Ley Karin y elaborar un nuevo diseño que incorpore criterios más claros para determinar las conductas constitutivas de acoso, filtros iniciales de admisibilidad y mecanismos destinados a desincentivar denuncias falsas.

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