La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) sancionó con millonarias multas a cuatro bancos por otorgar créditos a personas que figuraban en el Registro Nacional de Pensiones de Alimentos.
Esto, pues la Ley N°14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias -la «Ley Papitos Corazón»- establece que las instituciones financieras deben consultar el registro al momento de otorgar un crédito y, en caso que el solicitante figure como deudor, se debe retener el 50% del monto otorgado para así cubrir el pago de las pensiones adeudadas.
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Si no se cumple con este procedimiento, la ley establece que se le multará con el doble del monto que debió retener.
LAS MULTAS
Así las cosas, la CMF aplicó multas por un total de 5.778,22 Unidades de Fomento (equivalente a más de 210 millones de pesos) a BancoEstado, Banco Santander, Banco Consorcio y Banco Ripley.
El que tuvo un cobro más gravoso fue BancoEstado, porque se infringió el mandato en 24 operaciones de créditos. Su multa llegó a 3.684,32 UF (unos 135 millones).
En el caso de Banco Santander hubo infracciones en catorce operaciones y debió pagar 1.946,84 UF (71 millones).
Los bancos Consorcio y Ripley fueron sancionados por una operación cada uno, con multas de 62,78 UF (3 millones) y 84,28 UF (2,3 millones), respectivamente.
De acuerdo con la CMF, que las infracciones sancionadas afectan a los acreedores de pensiones de alimentos ya que, al no efectuarse las retenciones, no recibieron los dineros adeudados en la oportunidad correspondiente.