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Prisión preventiva para acusados de triple crimen de carabineros

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Prisión preventiva para acusados de triple crimen de carabineros
El tribunal consideró que la libertad de los imputados constituye un peligro para la sociedad por su alto riego de fuga y reincidencia.

Por la gravedad de los delitos, las penas probables asignadas a los delitos del triple crimen de carabineros, la imposibilidad de acceder a penas sustitutivas y la forma de comisión de los ilícitos, el Juzgado de Garantía de Cañete decretó la prisión preventiva de los hermanos Jefferson (19) y Felipe Antihuen Santi (29), y Nicolás Rivas Paillao (19).

El tribunal consideró que la libertad de los imputados, acusados de la emboscada a los funcionarios policiales ocurrida durante la madrugada del pasado 27 de abril, constituye un peligro para la sociedad por su alto riego de fuga y reincidencia.

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La Fiscalía Regional de La Araucanía les imputó los delitos de robo con violencia, argumentando que antes de asesinar a los carabineros les robaron el armamento y los elementos de protección a los uniformados; de homicidio calificado en carácter de reiterado; de incendio, por la quema del vehículo institucional; de porte ilegal de armas y de traslado ilegal de restos humanos.

De acuerdo con la indagatoria del Ministerio Público, el suboficial Carlos José Cisternas Navarro y los cabos primero Sergio Antonio Arévalo Lobo y Misael Vidal Cid fueron emboscados cuando concurrían a controlar la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno que pesaba sobre el tío de los hermanos Antihuen Santi.

El juez ordenó el traslado de los tres formalizados al recinto penitenciario de alta seguridad de la región Metropolitana (REPAS).

Se fijó plazo de investigación de seis meses para la causa.

LARGA AUDIENCIA

Tras las exposiciones de los representantes del ministerio del Interior y la defensa, además de las réplicas, el juez Cristián Rosenberg hizo una relación de los hechos expuestos por el Ministerio Público y dijo que se se configuraron los ilícitos expuestos por la fiscalía.

También consideró que en el homicidio de los carabineros se actuó sobre seguro, y habló de premeditación y ataque por sorpresa, sin que los carabineros tuvieran posibilidad de repeler el ataque.

Durante la segunda jornada de formalización en el Juzgado de Garantía de Cañete, el abogado defensor Jaime Pacheco Quezada cuestionó los planteamientos del Ministerio Público.

“Creemos que los antecedentes esgrimidos, trataremos de demostrarlo, no permiten corroborar ni superar el estándar de la presunción fundada”, recalcó.

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LO QUE DIJO PACHECO

“Empiezan a surgir una serie de testigos reservados, hasta el número nueve, que lo único que tienen en común es que reciben información de personas cuyos antecedentes no se atreven a dar por temor, los que a su vez habían escuchado de otras personas, que tampoco sabemos quiénes son o no las identificamos y que dicen, en rumor, que los Aintihuen algo tenían que ver», aseveró Pacheco para desacreditar los argumentos de la fiscalía respecto del triple crimen de carabineros de Cañete.

«Y así fue naciendo la idea preconcebida: los Antihuen algo tenían que ver. El rumor se ancla en nuestra mente, no obstante que la prueba diga lo contrario o no permita corroborar», agregó.

«El rumor se transforma así en una idea preconcebida. Y algo de esto, o mucho de esto hay, es lo que dice relación con los antecedentes esgrimidos por el Ministerio Público para acreditar la participación”, argumentó el defensor.

“El informe balístico no me dice quién fue el que disparó esa arma. Y no tenemos más. Lo que tenemos es el deseo entonces de que las cosas sean como queremos que sean. Queremos que los imputados sean. Queremos que sea cierto ese rumor, pero el deseo es un acto de fe», enfatizó.

Agregó que «la imputación penal es un acto de racionalidad. Y ese deseo de fe, de que las cosas sean como sean, de que sean ellos, nos lleva a dejar de ver algunas cosas. Como que el principal testigo, el número dos, no reconoció las voces».

«Como que el principal testigo, el número dos, tampoco identificó entre las personas que portaban los focos después del suceso a ninguno de sus sobrinos (…) Nos hace olvidar que el rastreo de las antenas telefónicas no sitúa o nos indica solo localización, no nos demuestra el encuentro ni conversación”, afirmó el abogado.

La Fiscalía refutó que era irresponsable hablar de «rumores» cuando se tienen pruebas tan firmes de la participación.

En ese sentido, el tribunal expresó que «no pone en duda las conclusiones de aquellas pericias de carácter balístico y de la autopsia que se ha realizado a estos funcionarios policiales y la forma en que habrían sido asesinados en este caso».

 

 

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