Recordatorio: Trabajadores no pueden ser despedidos si no asisten por las lluvias.
Actualmente, un intenso sistema frontal está afectando a la zona centro sur del país, provocando caídas de árboles, cortes de luz, semáforos sin funcionamiento.
Producto de ello, la Dirección del Trabajo (DT) recordó la «causal de fuerza mayor», que impide que los trabajadores sean despedidos o sancionados.
En concreto, esto es en el caso que no puedan concurrir a sus funciones o lleguen atrasados con motivo de las intensas precipitaciones.
«Ante el sistema frontal que generó caída de árboles, cortes de luz y dejó semáforos sin funcionamiento.
La DT señala que este hecho podría constituir un caso de fuerza mayor inimputable a trabajadores/as.
Por lo que no corresponden sanciones y/o despidos ante posibles atrasos», escribió el organismo en sus redes sociales.
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CÓDIGO DEL TRABAJO
El Código del Trabajo y el Decreto Supremo n° 594 del Ministerio de Salud, contienen artículos que protegen a los empleados que se enfrenten a situaciones «imprevisibles e irresistibles».
Las cuales, como el reciente sistema frontal, «les impiden cumplir normalmente con sus funciones».
Por otro lado, la entidad indica que los funcionarios no deben acudir a sus funciones en caso de que no haya suministro de agua potable en el lugar.
Esto mismo ocurre cuando hay cortes de luz, que «afecten la provisión de agua potable o que genere condiciones de inseguridad para la vida o la salud de trabajadores y trabajadoras».
🚨Ante #SistemaFrontal que generó caída de árboles, cortes de luz y dejó semáforos sin funcionamiento, la DT señala que este hecho podría constituir un caso de fuerza mayor inimputable a trabajadores/as, por lo que no corresponden sanciones y/o despidos ante posibles atrasos. pic.twitter.com/pbcgPYZJs2
— DireccióndelTrabajo (@DirecDelTrabajo) August 2, 2024