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CIDH condena a Chile por prescripción en violaciones a Derechos Humanos

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CIDH condena a Chile por prescripción en violaciones a Derechos Humanos
Entre otros, Chile deberá adecuar su ordenamiento jurídico para que la prescripción o prescripción gradual de la pena no sea aplicado bajo ningún término a los delitos de lesa humanidad.

La Corte Interamericana de Derechos condenó al Estado de Chile por aplicar la media prescripción en las condenas de casos de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura civil militar.

En la sentencia leída hoy por el vicepresidente de la corte, el juez brasileño Rodrigo Mudrovitsch, se ratificó el fallo emitido en el denominado «Caso vega, González y otros» emitido el 12 de marzo de 2024. Este incluye 148 víctimas.

El tribunal declaró la responsabilidad internacional del Estado de Chile por la violación a los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, contenidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.

Esto, en perjuicio de 44 personas que fueron víctimas de hechos de desaparición forzada.

Asimismo, se condenó por la violación a las garantías judiciales y a la protección judicial en los casos de Juan Luis Rivera Matus, Felipe Segundo Rivera Gajardo, Gastón Fernando Vidaurrázaga Manríquez, José Humberto Carrasco Tapia y Abraham Muskatblit Eidelstein, que fueron víctimas de hechos de ejecución extrajudicial y la violación a la integridad personal de sus familiares.

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Tras estimar que la sentencia constituye por sí misma una forma de reparación, el tribunal determinó que el Estado de Chile deberá revisar o anular «las reducciones de la penas que hubieran derivado de la aplicación inconvencional de la medida de prescripción en los casos que fueron objeto de examen en la presente sentencia».

Asimismo, deberá brindar el tratamiento psicológico, psiquiátrico y psicosocial a las víctimas que así lo soliciten o en su caso pagará los montos establecidos.

También, «realizará las publicaciones y difusiones de esta sentencia y su resumen oficial y realizará un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional».

REORDENAMIENTO JURÍDICO

Del mismo, modo, «dentro de un plazo razonable deberá adecuar su ordenamiento jurídico a efecto de que la figura de la prescripción o prescripción gradual de la pena no sea aplicado bajo ningún término a los delitos de lesa humanidad y graves violaciones a los derechos humanos, y hasta que no se tenga dicha modificación, deberá aplicar control de convencionalidad».

La Corte determinó que «el Estado pagará las cantidades fijadas en la sentencia por concepto de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales», además de los costes y gastos del juicio. (además de costes y gastos).

Habrá un plazo de un año para que Chile rinda un informe a la CIDH sobre las medidas adoptadas para cumplir con la sentencia.

«La Corte supervisará el cumplimiento íntegro de esta sentencia en ejercicio de sus atribuciones» y «dará por concluido el presente caso una vez que el Estado haya dado cumplimiento cabal a lo dispuesto en la misma», finalizó.

 

 

 

 

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