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Corte rechaza recurso por clausura de prostíbulo clandestino

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Corte rechaza recurso por clausura de prostíbulo clandestino
Los jueces consideraron que Carabineros actuó legalmente al clausurar el recinto por infracción al Código Sanitario.

La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de protección interpuesto por el propietario de un inmueble ubicado en el centro de la ciudad -un prostíbulo clandestino donde se ejercía el comercio sexual-,  que fue clausurado.

El fallo fue unánime.

Los ministros Juan Carlos Espinosa, Rodrigo Díaz y la abogada (i) Carolina Salas consideraron que Carabineros actuó legalmente al clausurar el recinto por infracción al Código Sanitario.

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Según el tribunal, «los antecedentes expuestos en el informe evacuado por la recurrida (..) dan cuenta de una multiplicidad de circunstancias fácticas que dotan de razonabilidad la medida de clausura adoptada, en particular, las declaraciones de las propias arrendatarias del recurrente, quienes reconocen expresamente desarrollar comercio sexual en el inmueble objeto de fiscalización».

A su juicio, la medida «se realizó en el ejercicio de una facultad legal expresa, esto es, aquella consagrada en el artículo 41 del Código Sanitario».

NO HAY ILEGALIDAD

Por lo tanto, «concluyen estos sentenciadores que no cabe reprochar ilegalidad o arbitrariedad alguna a Carabineros de Chile en la dictación de la Resolución Administrativa N°302 de 12 de julio del presente, circunstancia que basta para rechazar el recurso, al no configurarse su requisito fundamental de procedencia”, sostiene el fallo.

“Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve que se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto (…) en contra de Carabineros de Chile, IV Zona de Carabineros de Coquimbo, prefectura N°6”, concluye.

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