Nacional y economía

¿Cuáles son las sanciones por conducir ebrio?

Chile

María González

¿Cuáles son las sanciones por conducir ebrio?
Dependiendo de la gravedad, pueden ser millonarias multas y cárcel efectiva

¿Cuáles son las sanciones por conducir ebrio?

En el país, las leyes Tolerancia Cero y Emilia trabajan en conjunto para desincentivar los accidentes de tránsito provocados por conductores que manejan bajo los efectos del alcohol. 

Ambas normativas imponen multas y sanciones, dependiendo de diferentes factores y agravantes.

En ese sentido, con la llegada de las Fiestas Patrias crece la preocupación por el aumento de accidentes viales relacionados con el consumo de alcohol.

LEY TOLERANCIA CERO

En vigencia desde marzo de 2012, la Ley Tolerancia Cero modificó la Ley de Tránsito y redujo los niveles permitidos de alcohol en la sangre al manejar. 

Esta ley establece dos categorías clave:

Bajo la influencia del alcohol: entre 0,3 y 0,79 gramos de alcohol por litro de sangre.

Estado de ebriedad: 0,8 gramos o más de alcohol por litro de sangre.

Junto con ello, la ley también endureció las sanciones. 

Por ejemplo, si un conductor es sorprendido manejando en estado de ebriedad por primera vez sin causar daños, enfrentará una suspensión de su licencia de conducir por 2 años.

En tanto, si ese mismo conductor causa lesiones gravísimas o la muerte, perderá su licencia de por vida.

No obstante, las penas de cárcel efectiva por manejar en estado de ebriedad y causar muertes o lesiones gravísimas no fueron incluidas en esta ley.

De hecho, fueron introducidas dos años después con la Ley Emilia.

LEY EMILIA

Promulgada en septiembre de 2014, la Ley Emilia responde a una demanda ciudadana.

La cual, fue impulsada por la trágica muerte de la pequeña Emilia Silva Figueroa a manos de un conductor en estado de ebriedad.

Cabe señalar que esta ley impone sanciones más severas.

Estableciendo que cualquier conductor que, bajo los efectos del alcohol, incurra en alguno de los delitos tipificados en la ley, deberá cumplir una pena de cárcel efectiva de al menos un año.

La Ley Emilia también introduce nuevas medidas, como tipificar como delito el hecho de fugarse del lugar del accidente o negarse a realizar el test de alcoholemia o el alcohotest.

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ESTADO DE EBRIEDAD

Aquellos que conduzcan en estado de ebriedad (0.8+) o bajo la influencia de estupefacientes o psicotrópicos, enfrentan las siguientes multas y penas:

– El resultado son lesiones gravísimas, la pena privativa de libertad va de 3 años y 1 día a 5 años.

– Si el resultado es la muerte, la pena privativa de libertad va de 3 años y 1 día a 10 años.

También, se considera como agravante los casos donde exista reincidencia, la licencia haya estado cancelada o con inhabilitación perpetua.

Además, que se trate de un conductor profesional en ejercicio de sus funciones.

En ambos casos, se procede a la inhabilidad de por vida de la licencia de conducir y el comiso del vehículo. 

Junto con ello, las multas van de 8 a 20 UTM ($530.896 a $1.327.240).

De todas formas, aun cuando el conductor en estado de ebriedad no ha provocado daños materiales o las lesiones son leves o inexistentes, existe una multa de 2 a 10 UTM ($ 132.724 a $ 663.620) y 61 a 540 días de pena privativa de libertad.

INFLUENCIA DEL ALCOHOL

En el caso de aquellos conductores que, bajo la influencia del alcohol (0.31 – 0.79), ocasionen lesiones gravísimas o la muerte, se establece: 

Una pena privativa de libertad de 3 años y 1 día hasta 5 años. 

Junto con ello, el pago de una multa que va desde 21 a 30 UTM ($1.393.602 a $1.990.860).

Si no hay daños ni lesiones, o estas son menos graves, las sanciones para estos conductores incluyen la suspensión de la licencia desde 3 a 9 meses.

También, multas de hasta 5 UTM (si no hay daños) y de hasta 10 UTM o 20 días de pena privativa de libertad (si las lesiones son menos graves).

Cabe recordar que, gracias a la Ley Emilia, negarse a someterse a pruebas para establecer presencia de alcohol o estupefacientes, especialmente cuando existen lesiones gravísimas o muerte, se traduce en inhabilidad perpetua y comiso del vehículo.

También, una multa de 11 a 20 UTM y de 3 años y 1 día hasta 5 años de pena privativa de libertad.

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