Nacional y economía

Dirección del Trabajo defiende cierre de farmacia de La Cisterna

Chile

María González

Dirección del Trabajo defiende cierre de farmacia de La Cisterna
Además, la DT reafirma el deber legal de la protección a los trabajadores

Dirección del Trabajo defiende cierre de farmacia de La Cisterna.

Este viernes, la Dirección del Trabajo salió a defenderse de las críticas que ha generado su reciente decisión.

En la cual, suspende las funciones a público, de una farmacia Salcobrand ubicada en La Cisterna, tras ser asaltada por un «turbazo». 

A través de un comunicado, el organismo reafirmó el deber de protección del empleador con sus trabajadores en situaciones de riesgo.

Cabe señalar que tras los hechos delictivos ocurridos a mediados de agosto, el organismo realizó una fiscalización al local ubicado en avenida José Miguel Carrera 6701, La Cisterna.

Instancia en la que se constató que los trabajadores estaban emocionalmente afectados, por lo que se decidió suspender las labores.

Además, se requirió al empleador «adoptar las medidas necesarias para la protección de la vida e integridad de las personas trabajadoras del local».

RETOMAR LAS FUNCIONES

El organismo informó que la empresa ya retomó el normal funcionamiento.

Esto, luego de tomar medidas de seguridad y salud en relación a los trabajadores y trabajadoras que desempeñan funciones en el local.

En concreto, la suspensión se levantó el 26 de agosto pasado, tras verificarse el cumplimiento de las medidas prescritas por ACHS.

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RESPALDO DE LA DECISIÓN

Asimismo, indicó que para adoptar esta decisión se respaldó en el inciso 1° del artículo 184 del Código del Trabajo.

El cual, señala que «el empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.

Informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas.

Como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales».

«El empleador, ante distintos eventos que afectan a las personas trabajadoras, en el ejercicio de sus labores.

Deberá adoptar todas las medidas necesarias incluidas en la legislación vigente relacionada con la protección de la seguridad y salud de sus dependientes», señaló Antonella Cassi, Directora Regional del Trabajo Metropolitana Oriente.

INFORMAR EL RIESGO

La DT también indicó que el artículo 184 bis del Código del Trabajo, ante las situaciones de riesgo grave e inminente para la vida y salud, obliga al empleador a: 

Informar inmediatamente a todos los trabajadores y trabajadoras afectados sobre la existencia del mencionado riesgo.

Así como las medidas adoptadas para eliminarlo o atenuarlo y adoptar medidas para la suspensión inmediata de las faenas afectadas y la evacuación de los trabajadores y trabajadoras, en caso de que el riesgo no se pueda eliminar o atenuar.

«Una suspensión de labores durante una fiscalización derivada de cualquier hecho que ponga en riesgo la vida y salud de los trabajadores.

Está debidamente justificada en razón de la reiterada doctrina institucional.

Que por años ha reforzado dicha facultad, como también por la legislación laboral y de Salud y Seguridad en el Trabajo vigente», agregó Cassi.

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