Nacional y economía

¿El crimen no paga?: Narco se salvó de condena por atraso de Fiscalía en presentar acusación

Santiago, Chile.

Mario López M.

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La Fiscalía tenía 10 días para presentar la acusación y otros dos en caso de tardanza, mas no 22, como ocurrió.

Pese a que el plazo para presentar acusación –una vez que se cierra una investigación– es de 10 días, un fiscal de San Felipe la entregó al tribunal 22 días más tarde. El fiscal Bobadilla, de San Felipe, cerró la investigación el 13 de junio pasado y el 5 de julio (es decir, 22 días más tarde) presentó el escrito, requisito ineludible para un juicio oral.

Tanto la Corte de Apelaciones de Valparaíso como la Corte Suprema, indicaron que la acción estaba definitivamente fuera de plazo y que, ante ello, el imputado debía quedar en libertad, al menos por esa causa.

ASÍ, NO SE PUEDE

La Fiscalía Regional de Valparaíso inició un sumario en contra del fiscal de San Felipe, Julio César Bobadilla, ya que al incumplir el plazo en la presentación de la acusación, un narcotraficante fue sobreseído, lo que evitó que enfrentara la justicia, información que fue confirmada por la Fiscal Regional, Claudia Perivancic.

Verónica Barraza, patrocinante del querellado por la Defensoría Penal Pública (licitada), solicitó al Tribunal de Garantía local que su cliente fuera sobreseído por la demora, petición rechazada por el juez Bernardo Bustamante. Este último, argumentó –el 7 de julio pasado– que, pese al atraso, existían dos días extras para que el perseguidor penal cumpliera su obligación legal.

Barraza recurrió de amparo ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso para revocar la decisión, apuntando que en materia procesal los plazos son perentorios.

LA FISCALÍA NO RESPETÓ PLAZO PERENTORIO

Los miembros de la Primera Sala del tribunal de alzada, Silvana Donoso, el fiscal judicial Mario Fuentes y el abogado integrante Eduardo Morales, escucharon los alegatos de ambas partes. El 17 de julio pasado, sin embargo, resolvieron que la Fiscalía erró en la cuenta, y sobreseyó al narcotraficante y ordenó su inmediata libertad, siempre y cuando no estuviera cumpliendo otra condena.

En el cuerpo del fallo, establecieron que la institución tenía 10 días para presentar la acusación y otros dos en caso de tardanza, mas no 22, como ocurrió.

La Fiscalía de Valparaíso no estuvo de acuerdo con el dictamen y apeló ante la Corte Suprema. Ante ello, el máximo tribunal del país (por cuatro votos a favor y uno en contra) confirmó el fallo en favor de Muñoz, quien cumplía prisión preventiva desde marzo de 2022.

DE ACUSADOR A ACUSADO: SUMARIO

La disidencia estuvo a cargo del ministro Jorge Dahm, quien arguyó la improcedencia del sobreseimiento definitivo y aseveró que el juez de Garantía aludido “obró dentro de la esfera de sus competencias”.

La fiscal Perivancic, por su parte, indicó a El Mostrador que “podemos confirmar que se ha iniciado una investigación administrativa debido al sobreseimiento decretado en la causa”, agregando que “sin perjuicio de ello, como Fiscalía hemos sostenido, tanto en el Tribunal de Garantía como en las instancias superiores, que en el caso concreto ha tenido lugar una errónea interpretación de las normas legales, pues el juez de Garantía debió oficiar a la Fiscalía Regional al advertir la presentación de una acusación fuera de plazo, y fijar el plazo perentorio de dos días para la presentación de la acusación, cuestión que no realizó”.

Como sea, el hecho es que el querellado y ahora feliz hombre en libertad, pese a que desde su domicilio se incautaron drogas, municiones y una pistola de fogueo adaptada para el disparo, no enfrentará la justicia.

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