La Justicia argentina frenó este martes la medida impulsada por el presidente Javier Milei para convertir el Banco de la Nación Argentina (BNA) en una sociedad anónima.
Según la justicia, el decreto podría ser una maniobra para la «privatización» de la entidad estatal.
La decisión del juez toma como base una demanda presentada el 11 de junio de 2024 por la Asociación Bancaria, sindicato del sector, que pedía la “nulidad e inconstitucionalidad” de una propuesta del propio banco sobre su eventual privatización realizada en aquella fecha.
«Si bien es cierto que el decreto 116/2025 no declara al Banco sujeto a privatización, sino que modifica su estructura jurídica convirtiéndolo en Sociedad Anónima, también lo es que dicha conversión puede implicar un paso previo a su posible privatización, en tanto permite prima facie el ingreso de capitales privados; circunstancia que si bien deberá ser analizada en el contexto adecuado, escuchando previamente a las partes y respetando los principios del debido proceso y defensa en juicio; imponen ahora el dictado de la medida cautelar», señala el fallo del juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla.
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La Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, conocida como Ley Bases o Ley Ómnibus, excluye al Banco de la Nación y otras empresas de la privatización.
Ante la imposibilidad de privatizar de forma directa empresas estatales, Milei firmó el pasado 20 de febrero un decreto para convertir al Banco de la Nación en una sociedad anónima.
Este se detalla que el Estado tendría un 99,9 % de las acciones y la Fundación Banco Nación Argentina tendría el 0,1 % restante.
Padilla consideró que el decreto de Milei excedió las facultades que el Poder Legislativo delegó al Ejecutivo en la Ley Bases y «configura una maniobra encubierta e impropia de privatización del Banco de la Nación Argentina».
«Este decreto ratifica y profundiza la amenaza de privatización denunciada, en tanto constituye un paso decisivo en la conversión del BNA en una sociedad anónima, lo que implica la pérdida de su carácter de ente autárquico del Estado nacional, con las consecuencias jurídicas, económicas y sociales que ello acarrea”, explicó el magistrado.
En él fallo se ordena «disponer como medida cautelar interina la suspensión de los efectos del DNU 116/25 y ordenar al Estado Nacional y al Banco de la Nación Argentina que se abstengan de toda acción tendiente a su implementación».
Además, se da un plazo de cinco días a las autoridades para que realicen «un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud de medida cautelar efectuada por la actora en fecha 20/2/2025».
También precisa que cualquier cambio en la estructura jurídica de la entidad financiera debe aprobarse por el Parlamento.
EL juez federal advirtió que su transformación sería contraria a lo reglamentado en la Ley Bases.
El Estado había dispuesto ejercer sus derechos en la nueva sociedad a través del Ministerio de Economía junto a un capital social de 1,6 billones de pesos argentinos (unos 1.485 millones de dólares al cambio actual).