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Tribunal de Quiebras de EE.UU. reconoce reorganización de Enjoy

Editado de agencias y medios internacionales por Cristian Navarro H.

Enjoy
Foto: Agencia Uno
El Capítulo 15 es una disposición de la ley de quiebras de Estados Unidos diseñada para ayudar a empresas extranjeras a enfrentar procedimientos de insolvencia

El pasado 31 de octubre el Tribunal de Quiebras del Distrito Sur de Nueva York reconoció el acuerdo de reorganización judicial de Enjoy SA, según informó la empresa a través de un hecho esencial.

La junta de acreedores aprobó dicho acuerdo en Chile el 7 de agosto de 2024, como parte del proceso de reorganización judicial de la compañía, específicamente en el marco del Capítulo 15, Caso N° 24-10433 (MG).

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El Capítulo 15 es una disposición de la ley de quiebras de Estados Unidos diseñada para ayudar a empresas extranjeras a enfrentar procedimientos de insolvencia de manera más coordinada y eficiente, especialmente cuando existen activos o intereses significativos en el país.

Este procedimiento permite a compañías internacionales, como Enjoy SA, obtener reconocimiento y protección judicial en Estados Unidos, asegurando que los acuerdos de reestructuración alcanzados en sus países de origen se respeten.

La resolución del Tribunal de Nueva York reconoce el acuerdo, incluidas las transacciones previstas en él y sus anexos, otorgándoles plena fuerza y ​​validez dentro de la jurisdicción de Estados Unidos.

Asimismo, se determinará que el Tribunal mantendrá su jurisdicción sobre los trámites y actuaciones anteriores en el marco del Capítulo 15, así como sobre cualquier ejecución, modificación o implementación futura necesaria para su tramitación.

La aprobación de este acuerdo de reorganización marca un paso importante en el proceso de estabilización financiera de Enjoy SA, empresa chilena que se ha destacado como uno de los principales operadores de casinos y entretenimiento en América Latina

Esta reorganización busca mejorar la estructura de deuda de la compañía y darle una base más sólida para continuar sus operaciones, garantizando al mismo tiempo los derechos de sus acreedores y la continuidad de sus actividades comerciales.

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