Nacional y economía

Monto acumulado de deudas de pensiones de alimentos llega a $98 mil millones

Agencias

A quienes forman parte del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, se les podrá retener la devolución de impuestos, negar su licencia de confucir y no recibir bonos del Estado, entre otras medidas.

A 11 meses del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, son 147.439 personas -96,7%% hombres- quienes no están al día con sus pagos.

Al anterior dato, se suma que hay «154 mil causas y 147.439 mil deudores, ya que hay personas que tienen más de una causa», según indica la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana citada por el diario La Tercera.

Otra cifra que es necesario destacar es el monto acumulado que adeundan quienes tienen la obligación de entregar pensiones de alimentos: Más de 98.000.000.000.

Un número tan grande que cuesta entenderlo a primeras, por lo mismo desde Radio Cooperativa, hicieron algunas analogías: «son aproximadamente 2 millones 707 mil unidades de fomento, es decir se podrían comprar 1.350 viviendas nuevas de 2.000 UF»; «los 110 millones de dólares también alcanzan, para cubrir todo el presupuesto 2023 de la Contraloría General de la República, o los ministerios de Medio Ambiente, Minería o el propio De la Mujer».

¿QUÉ ARRIESGO SI SOY PARTE DE ESA MULTIMILLONARIA DEUDA?

La ley del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, es de caracter reservado y contiene allí a todas las personas -evaluadas por la justicia y de manera gratuita para los solicitantes- que se encuentran morosas por tres meses consecutivos o cinco meses discontinuos.

Quienes forman parte del registro arriesgan:

  • Retención de la devolución de impuestos.
  • Retención de parte de los fondos de un crédito bancario que pida el deudor por 50 UF o más.
  • Impedimento de la inscripción de traspaso de una propiedad vendida.
  • Compraventa de vehículos motorizados podrán ser inscritas en Registro Civil sólo si con las ganancias se pagan alimentos adeudados.
  • Negación de licencia de conducir.
  • No podrán solicitar emisión ni renovación del pasaporte. Casos puntuales podrán acceder a una autorización de tribunales, pero con vigencia limitada.
  • Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
  • Inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado.
  • Retención de remuneraciones para el pago de la deuda.
  • Indemnización por años de servicio podrá ser usada para paugar la deuda.

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