Desde su aprobación hace diez años, los Acuerdos de Unión Civil (AUC) han crecido con gran fuerza. De hecho, solo en 2024 hubo un aumento del 44% en comparación al año anterior.
De acuerdo a datos del Registro Civil, en el último año hubo una cifra de 14.709 uniones civiles en Chile. Esto es muy por sobre los registrados en 2015, donde se anotaron 2.197, lo que equivale a un crecimiento de un 670% en tan solo diez años.
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DIEZ AÑOS
Debido a que los AUC comenzaron recién en octubre de 2015, para comparar con su primer año en plena vigencia se debe hacer con 2016. Durante ese periodo se registraron 7.340 uniones civiles. Así, respecto a lo apuntado el año pasado, se refleja un crecimiento del 100%.
En ese contexto, también llama la atención el número de parejas heterosexuales que han decidido contraer este tipo de vínculos en comparación a las del mismo sexo. Debido a que son 14.701 contra 1.579, lo que equivale a 9,3 veces más.
Sin embargo, pese al álgido crecimiento en los AUC, el matrimonio sigue siendo mucho más solicitado, con una diferencia de 51.972. El año pasado, se anotaron 66.681 matrimonios, un crecimiento de 3,2% respecto a 2023 y un alza de 8% comparado con los 61.750 respecto a 2015. Pese a ello, han crecido a un ritmo muchísimo más lento que los AUC.
ACUERDOS DE UNIÓN CIVIL
El AUC entró en vigencia en Chile bajo la administración de Sebastián Piñera, luego de una discusión que duró alrededor de cinco años. Esto fue una primera respuesta a que las parejas homosexuales pudieran consolidar una relación ante la ley.
A diferencia del matrimonio, la unión civil es mucho más simple de formalizar, puesto que no requiere testigos. Lo mismo sucede en el caso de querer disolver el vínculo, ya que puede ser realizado por cualquiera de las dos partes y sin mediación de un proceso judicializado.
Asimismo, los derechos hereditarios que se generan en el matrimonio también pueden ser homologados a un AUC. Esto significa que en caso de muerte, los bienes de uno de los miembros pueden ser traspasados al otro.
Respecto a los bienes patrimoniales, en la unión civil existe tanto la separación de bienes como un régimen de Comunidad, que sería un símil de la sociedad conyugal. La mayor desemejanza tiene que ver con la obligación de proveer al cónyuge, la cual no está presente en los AUC.