Nacional y economía

Anuncian extensión de la veda del loco hasta 2028

María González

Periodista

veda loco
Foto: Publicado en X por @Armada_Chile
El decreto prohíbe la captura y comercialización entre Arica y Aysén

Esta semana, se dio a conocer que la veda extractiva del loco (Concholepas concholepas) se expandió por otros tres años y se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2028.

Cabe precisar que, la medida quedó fijada a través del decreto exento N° 00007 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, con aplicación desde el 1 de enero de 2026 en las zonas costeras comprendidas entre las regiones de Arica y Parinacota y de Aysén.

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EXTIENDEN VEDA DEL LOCO HASTA 2028

La renovación busca evitar una disminución crítica de la biomasa disponible y asegurar un uso sustentable de un recurso considerado estratégico para la economía pesquera artesanal y la industria gastronómica. 

Asimismo, se informó que la decisión se basó en recomendaciones técnicas del Comité Científico Técnico Bentónico y de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

El decreto no solo prohibió la captura durante el período de veda. Esto, debido a que la restricción también abarcó la cadena logística asociada al recurso, lo que incluye su comercialización, transporte, procesamiento, elaboración y almacenamiento , además de los derivados.

¿QUÉ EXCEPCIONES CONTEMPLA LA NORMA?

Pese a la prohibición general, el decreto estableció excepciones específicas que permiten la extracción y comercialización en áreas autorizadas y bajo condiciones de control. Entre ellas, figuran reservas marinas, áreas marinas costeras protegidas de múltiples usos, espacios costeros marinos de pueblos originarios y, principalmente, las Áreas de Manejo y Explotación de Recursos Bentónicos (AMERB).

Para operar bajo estas excepciones, las zonas autorizadas deben contar con el loco declarado como especie principal dentro de un plan de manejo o administración vigente y aprobado.

En los casos permitidos, la acreditación de origen pasa a ser un requisito clave: quienes comercialicen el recurso deben portar documentación que demuestre el origen legal ante eventuales controles, conforme a la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Por último, Sernapesca podrá definir, mediante resolución, procedimientos de fiscalización para asegurar el cumplimiento de estas disposiciones.

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