Nacional y economía

Clausuran proyecto minero por socavón en Tierra Amarilla

María González

Periodista

socavón Tierra Amarilla
Foto: Agencia Uno
La orden de la SMA fue por el «daño ambiental irreparable»

Esta semana, la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) confirmó los cuatro cargos que fueron formulados contra la minera Ojos del Salado el año 2022. Lo cual, fue producto de la generación de un socavón de más de 60 metros de profundidad en la comuna de Tierra Amarilla, región de Atacama.

Por ello, el organismo ordenó el cierre total del proyecto Mina Alcaparrosa. Esto, además del pago de una multa total de 4.160 UTA, equivalentes a más de $3.360 millones.

Respecto al socavón, este apareció a 900 metros de la zona urbana de Tierra Amarilla. Y, a juicio de la superintendenta Marie Claude Plumer, el titular del proyecto «intervino sectores no autorizados, hasta las proximidades del acuífero del río Copiapó, generando una condición de mayor infiltración de aguas y el consiguiente debilitamiento del macizo rocoso. Esto determinó, a su vez, la generación de un socavón de un diámetro de 49 metros, y una profundidad de 60 metros».

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SOCAVÓN EN TIERRA AMARILLA

Tras recibir una denuncia de parte de la municipalidad de Tierra Amarilla por la existencia de un socavón, el 30 de septiembre de 2022, la SMA inició un procedimiento sancionatorio. 

Lo anterior, fue con la formulación de cuatro cargos contra la empresa minera Ojos del Salado. Cabe señalar que los cargos fueron confirmados en el marco de la investigación. 

El primero de ellos fue clasificado como grave, por la sobre extracción de mineral en la Mina Alcaparrosa. Esto se constata en el incumplimiento de la tasa de extracción durante 2019.

Respecto al segundo cargo, fue clasificado como gravísimo. Este tiene relación con la modificación de la infraestructura minera autorizada, generando un daño ambiental irreparable en el acuífero del Río Copiapó. 

El tercer cargo, clasificado como leve, fue por un incumplimiento de las condiciones establecidas para el transporte de mineral. Por último, el cuarto también fue clasificado como leve y es por haber modificado el destino de recepción del mineral ambientalmente evaluado. 

Con los antecedentes, desde el organismo indicaron que «por el primer cargo, se aplicó la sanción consistente en una multa de 4.139 UTA; por el segundo cargo se aplicó la sanción de clausura total y definitiva de las instalaciones y faenas desarrolladas por la empresa en mina Alcaparrosa. Por el tercer cargo se aplicó una sanción consistente en una multa equivalente a 14 UTA. Mientras que por el cuarto cargo se aplicó una multa equivalente a 9,4 UTA»

Ante esto, la empresa podrá presentar un recurso de reposición en un plazo de 5 días hábiles o un reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambientales dentro del plazo de 15 días hábiles.

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