Nacional y economía

Comienzan a regir nuevos cálculos de reajustes e intereses para las cotizaciones impagas

María González

Periodista

cotizaciones impagas
Foto: Agencia Uno
La medida es en el marco de la Ley de Reforma Previsional

En el marco de la Ley de Reforma Previsional, desde este lunes 1 de septiembre comenzaron a regir los nuevos cálculos para los reajustes e intereses de cotizaciones impagas.

Por tanto, para calcular los reajustes e intereses de las deudas previsionales se considerará tanto la rentabilidad de los Fondos de Pensiones en cada AFP, como la rentabilidad del Fondo de Cesantía constituido por las cuentas individuales, según corresponda.

«Esta medida tiene como finalidad tratar de compensar a las personas afectadas, al menos con la rentabilidad efectiva del fondo de pensiones en que se encontraban al momento de generarse la deuda de cotizaciones», explicó la Superintendencia de Pensiones (SP).

Con la normativa vigente, las administradoras de fondos de pensiones (AFP), la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y el Instituto de Previsión Social (IPS) deberán aplicar los nuevos reajustes e intereses a las cotizaciones adeudadas y entregar la información necesaria a los tribunales donde se tramitan los juicios de cobranza.

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COTIZACIONES IMPAGAS

De acuerdo con la nueva metodología, el interés a aplicar a las deudas de cotizaciones ya reajustadas por UF deberá ser el mayor valor entre:

1. La rentabilidad real mensual del Fondo de Pensiones al que la o el trabajador esté adscrito en la respectiva AFP o del Fondo de Cesantía integrado por las cuentas individuales.

2. La tasa de interés corriente para operaciones reajustables en moneda nacional de menos de un año.

La nueva metodología de determinación de intereses y reajustes se aplicará para toda deuda de cotizaciones existente a la fecha de su entrada en vigencia y/o que se genere con posterioridad.

En el caso de las cotizaciones no pagadas que se mantienen hasta el 31 de agosto de 2025, a dicha deuda se aplicarán los intereses y reajustes devengados hasta esa fecha.

«A partir del 1 de septiembre de 2025, el interés y reajuste que se aplicará sobre la deuda, hasta su pago, se regirá por la nueva metodología de cálculo», indicó la SP.

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