Debido a la suspensión de los conciertos de Shakira en Chile, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) anunció que oficiará a la productora y a la ticketera a cargo. En ese contexto, conozca cómo los afectados podrán pedir compensación.
Pero, antes de ello, es necesario recordar que la gira «Las Mujeres Ya No Lloran World Tour», se llevaría a cabo el domingo 2 y lunes 3 de marzo en el Estadio Nacional.
Fénix, la productora encargada del espectáculo de Shakira en nuestro país, informó que las razones de la cancelación fueron problemas técnicos relacionados con la infraestructura del escenario. Los cuales, impidieron que el show se realice en las condiciones previstas.
A raíz de las escasas respuestas a los asistentes, desde el Sernac indicaron que han «oficiado tanto a la productora Fénix Entertainment como a la ticktera Puntoticket para exigir explicaciones. Y, determinar las acciones que permitan resarcir a los consumidores afectados».
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COMPENSACIÓN POR SHOWS DE SHAKIRA
El Sernac ha exigido que, en un plazo máximo de 10 días, tanto la productora como la plataforma de venta de entradas informen sobre las medidas que tomarán para realizar una compensación a los consumidores afectados por la suspensión del concierto de Shakira.
Cabe señalar que esta situación causó un gran perjuicio a miles de personas que compraron sus boletos con anticipación. De hecho, muchos asistentes viajaron desde otras regiones e incluso desde el extranjero para poder disfrutar del evento.
Frente a esto, el Servicio ha instado a todas las personas perjudicadas a presentar sus reclamos. Lo cual, es proporcionando detalles y adjuntando los comprobantes correspondientes.
Se deberá incluir información sobre el monto pagado por las entradas y la cantidad de personas afectadas por cada compra. También, los gastos adicionales que hayan incurrido (transporte, alojamiento, alimentación, etc.).
¿CÓMO HACER UN RECLAMO?
Tras la suspensión de los conciertos de Shakira en Chile, los afectados podrán exigir a través del sitio web del Sernac la compensación de lo siguiente:
– Devolución del dinero pagado por las entradas.
– Compensación por los perjuicios económicos adicionales. Entre ellos, pasajes, hospedajes y otros gastos en los que incurrieron para asistir al evento.
En esa línea, el Servicio llamó a todas las personas afectadas a ingresar su reclamo en el Portal del Consumidor. Esto, a través de la Clave Sernac o la ClaveÚnica, detallando y adjuntando comprobantes que den cuenta de:
– Monto pagado por las entradas.
– Cantidad de personas afectadas por cada compra.
– Gastos adicionales (transporte, alojamiento, alimentación, etc.).
– Otros perjuicios sufridos a raíz de la cancelación.
DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES
Por último, y debido a los próximos conciertos, es necesario recordar que la Ley del Consumidor es clara, y en materia de entretención, las y los consumidores tienen derechos. Los cuales, según detalla el Sernac, son los siguientes:
– La empresa debe cumplir todo lo que ofrece, ya sea horarios, artistas, entre otras condiciones relevantes.
– Frente a la suspensión del espectáculo, el cambio de las condiciones contratadas o incumplimientos, los consumidores tienen derecho a que se devuelva todo lo pagado, incluyendo el cargo por servicio.
– Los consumidores tienen derecho a ser indemnizados o reparados por todos los daños que el cambio del evento o cualquier incumplimiento les haya causado.
– Estos eventos se deben desarrollar siempre en condiciones de seguridad. Lo cual, incluye que cuenten con los permisos y las autorizaciones correspondientes, así como no sobrepasar los aforos establecidos. De no ser así, las empresas deben responder frente a las personas.
– Si las empresas del mercado de entretención que, por circunstancias excepcionales no pueden dar íntegro cumplimiento a la actividad anunciada, deben tomar todas las medidas para mitigar los daños derivados de esta situación. Además, informar adecuadamente de las condiciones de suspensión y devolver lo pagado.