Este jueves 11 de septiembre, la Contraloría General de la República tomó razón del Decreto Promulgatorio de la Ley 21.761, que modifica diversos cuerpos legales en relación con los delitos de robo, hurto y receptación de cables de telecomunicaciones.
Según informó el Ministerio de Seguridad Pública, “Dicho texto legal… frente a la creciente incidencia de delitos que afectan redes de servicios de telecomunicaciones públicos y domiciliarios”.
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Entre los cambios más relevantes se encuentran reformas al Código Penal orientadas al endurecimiento de las penas. La normativa establece que, “si los delitos afectan a una cantidad significativa de usuarios dentro de un poblado, la condena será de presidio mayor en su grado mínimo”.
LEY
Además, la ley “sanciona con mayor rigor a quienes, simulando ser trabajadores de empresas proveedoras de servicios o utilizando información obtenida como empleados, cometan delitos de robo o hurto en redes de servicios públicos o domiciliarios”.
Se contemplan también modificaciones en varios artículos del Código Penal, reemplazando “telefonía” por “telecomunicaciones” para abarcar una gama más amplia de servicios.
“Adicionalmente, la nueva disposición considera modificaciones a la Ordenanza de Aduanas, agregando sanciones para el uso malicioso de certificaciones o análisis falsos”.
Por último, la ley del robo de cables incorpora un artículo que establece responsabilidades penales para los funcionarios públicos que, en el ejercicio de sus funciones, faciliten la comisión de los delitos ya tipificados.