Contraloría emite instructivo por aplicación de Ley Karin.
La Contraloría General de la República (CGR) emitió un instructivo detallando las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.643, conocida como Ley Karin, en las leyes N° 18.575, N° 18.834 y N° 18.883.
Dichas modificaciones se centran en la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.
En el instructivo, se detalla que la CGR «en uso de sus atribuciones constitucionales y legales.
Ha estimado necesario impartir las siguientes instrucciones respecto de su aplicación y alcance» en servicios públicos.
Este documento destaca la obligación especial de atención y protección a las víctimas de violencia de género en el ámbito laboral, contenida en la Ley N° 21.675.
De la misma manera, el oficio detalla que la Ley Karin modifica la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Esto, incorporando nuevos principios rectores de los sumarios e investigaciones sumarias.
También, la obligación de contar con un protocolo de prevención de la violencia en el trabajo, acoso laboral y sexual.
Además, amplía la regulación del principio de probidad administrativa.
El instructivo señala que «la función pública se ejercerá propendiendo al respeto del derecho de toda persona a disfrutar de un espacio libre de violencia, acoso laboral y sexual».
Esto obliga a los órganos de la Administración a tomar medidas necesarias para la prevención, investigación y sanción de tales conductas.
ESTATUTOS ADMINISTRATIVOS
La Ley Karin también introduce modificaciones a las leyes N° 18.834 y N° 18.883.
Las cuales, regulan el Estatuto Administrativo y el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, respectivamente.
Estas modificaciones abordan impedimentos de ingreso a la Administración del Estado, causales de destitución y derechos de las personas denunciantes y víctimas.
«Las modificaciones contemplan una prohibición general para los servidores públicos de realizar cualquier acto que atente contra la dignidad de otros funcionarios, como el acoso sexual y laboral», destaca el documento.
ACOSO Y VIOLENCIA EN EL TRABAJO
Por otro lado, la Ley Karin redefine el acoso laboral eliminando la necesidad de que la conducta sea reiterada para ser sancionada.
Asimismo, introduce el concepto de «violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral».
Esto, refiriéndose a conductas que afectan a trabajadores por parte de clientes, proveedores o usuarios.
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PROTOCOLO DE PREVENCIÓN
El nuevo artículo 14 de la Ley N° 18.575, establece que los órganos de la Administración del Estado deberán contar con un protocolo de prevención de la violencia en el trabajo, acoso laboral y sexual.
Dicho protocolo debe incluir acciones de difusión, sensibilización, formación y monitoreo.
Cabe señalar que el documento enfatiza que «los protocolos deberán ser concordantes tanto con el ordenamiento jurídico como con la jurisprudencia de esta Contraloría General».
ANONIMATO EN DENUNCIAS
Respecto a las denuncias de acoso sexual o laboral, el instructivo establece que las denuncias no pueden ser anónimas.
Además, se deben activar primero los mecanismos internos de la institución pública respectiva.
Sin embargo, se permite acudir directamente a la Contraloría en casos donde los denunciados sean altos directivos.
También, cuando existan razones fundadas para evitar la denuncia interna.
INHABILIDAD DE INGRESO
La Ley Karin añade que, en casos de destitución por acoso laboral, el fiscal podrá eximir del cumplimiento del plazo de inhabilidad de ingreso de cinco años a la Administración del Estado, decisión que deberá ser resuelta por la autoridad competente.
ENTRADA EN VIGENCIA
La Ley Karin entrará en vigor el 1 de agosto de 2024.
Las investigaciones sobre acoso y violencia iniciadas antes de esta fecha, se regirán por las normas vigentes al momento de la denuncia.
Cabe señalar que la Contraloría General ha puesto a disposición de los funcionarios un Portal de Atención de Reclamos.
Esto, para tramitar denuncias y procedimientos disciplinarios relacionados con acoso y violencia en el trabajo.
La contralora general subrogante, Dorothy Pérez Gutiérrez, firma el documento.
El cual se distribuyó a todos los ministerios, subsecretarías, servicios públicos, gobiernos regionales y municipalidades del país.
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