La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió hoy su sentencia en el caso Adolescentes recluidos en centros de detención e internación provisoria del Servicio Nacional de Menores (SENAME) vs. Chile, en la que declara la responsabilidad internacional del Estado chileno por la muerte de diez adolescentes en un incendio ocurrido en 2007 en el Centro de Internación Provisoria “Tiempo de Crecer” de Puerto Montt, así como por las condiciones inhumanas de reclusión de 271 jóvenes en distintos centros del Sename.
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En la sentencia, la Corte concluyó que Chile violó los derechos a la vida, la integridad personal, las garantías judiciales y la protección judicial de los adolescentes, así como sus derechos a la educación, salud, agua y saneamiento, en contravención de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
INCENDIO MORTAL Y NEGLIGENCIA ESTATAL
El caso se originó a raíz de un incendio ocurrido el 21 de octubre de 2007 en el centro de Puerto Montt, en el que fallecieron diez adolescentes bajo custodia del Estado. La Corte inició que la tragedia fue consecuencia de fallas estructurales en la respuesta institucional, incluyendo la inacción del personal del Sename y de Gendarmería de Chile, lo que impidió la evacuación oportuna de los jóvenes.
CONDICIONES DE RECLUSIÓN INHUMANAS
La Corte también evaluó las condiciones de privación de libertad en los centros Lihuén (Limache), Antuhue (Rancagua), San Bernardo (San Miguel) y el mismo centro de Puerto Montt, encontrando que presentaban situaciones de hacinamiento, falta de acceso adecuado a servicios básicos y condiciones que atentaban contra la dignidad de los adolescentes detenidos.
RECONOCIMIENTO PARCIAL DE RESPONSABILIDAD
Durante el proceso, el Estado chileno reconoció parcialmente su responsabilidad en la muerte de los diez adolescentes en el incendio de 2007 y en la sobrepoblación del centro San Bernardo. No obstante, negó otras violaciones de derechos humanos alegadas en el caso.
REPARACIONES ORDENADAS POR LA CORTE
Como parte de la sentencia, la Corte ordenó a Chile adoptar medidas de reparación, que incluyen:
- Indemnización económica a las familias de las víctimas del incendio y a los jóvenes afectados por las condiciones de reclusión.
- Reformas estructurales en los centros de detención juvenil, incluyendo mejoras en infraestructura y acceso a educación y salud.
- Capacitación del personal de los centros de detención para garantizar el respeto de los derechos humanos de los adolescentes privados de libertad.
- Divulgación de la sentencia y su resumen oficial como medida de satisfacción y garantía de no repetición.
La Corte subrayó la necesidad urgente de que Chile adopte medidas concretas para mejorar las condiciones de los adolescentes en conflicto con la ley penal y garantizar que tragedias como la del incendio de 2007 no vuelvan a ocurrir.
SENTENCIA | 🇨🇱
Chile es responsable internacionalmente por la muerte de diez jóvenes por un incendio en centro de privación de libertad y por las condiciones de detención sufridas por 271 adolescentes recluidos en cuatro centros a cargo del Servicio Nacional de Menores.… pic.twitter.com/svF3Eqq10x
— Corte Interamericana de Derechos Humanos (@CorteIDH) February 18, 2025