Nacional y economía

Corte ordenó al Estado indemnizar a cuatro personas detenidas y torturadas por jornada de protesta en 1984

Agencias

El tribunal estableció que las víctimas fueron detenidas injustificadamente por agentes del Estado durante la octava jornada de las Protestas Nacionales contra el régimen de Pinochet.

la Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó parcialmente la sentencia que ordenó al Estado a indemnizar a cuatro personas que sufrieron torturas tras ser detenidos en el marco de una jornada de protestas de marzo de 1984 en el centro de Punta Arenas.

En un fallo dividido, el tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de esa ciudad, en la parte que ordenó al fisco a pagar a tres de las víctimas una indemnización de $40 millones cada uno (René Orlando Balcázar Oyarzo, Alejandro Antonio Yalef Aros y Mario Enrique Navarro Gómez) y $20 millones al cuarto ( Teobaldo José German Santana Vidal).

El tribunal estableció que las víctimas fueron detenidas injustificadamente por agentes del Estado durante la octava jornada de las Protestas Nacionales contra el régimen. Tres estuvieron privados de libertad 25 días y el cuarto dos. Durante ese tiempo “fueron sujetos de torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes“ y que «(…) todo constitutivo de un ilícito, para lo que nos convoca, de carácter civil, consistente en su núcleo, en lo que el propio Estado ha reconocido, a través de los procesos de reparación estatal, los cuales fueron perpetrados al menos y concretamente, en la ciudad de Punta Arenas, desde el 27 de marzo de 1984 y días posteriores».

«Que en cuanto a la avaluación del daño moral, si bien la doctrina y jurisprudencia mayoritarias han expresado que atendida la naturaleza subjetiva que lo caracteriza resulta imposible fijar una cantidad de dinero a título de reparación exacta de dicho daño, existen razones de justicia y equidad que obligan a su regulación prudencial por parte del juez, atendidas las condiciones y características personales de las víctimas (en este caso, tomando en consideración la cantidad de días que permanecieron detenidos o privados de libertad) y las circunstancias de producción y magnitud del daño sufrido por estas, teniendo por último presente que la indemnización no puede transformarse en una fuente de lucro para la víctima», plantea el fallo.

La resolución agrega «que, sin perjuicio de lo señalado precedentemente, los documentos acompañados en la instancia no alteran lo resuelto por el Juez a quo».

Por tanto, se resuelve que: «SE CONFIRMA la sentencia en alzada con declaración que el monto de la indemnización por daño moral que se ha de pagar al demandante Teobaldo José German Santana Vidal se fija en la suma de $20.000.000 (veinte millones de pesos), más los reajustes e intereses establecidos en primera instancia».

El tribunal de base estableció que las víctimas fueron detenidas injustificadamente por agentes del Estado durante una protesta en marzo de 1984, tres de ellos estuvieron privados de libertad durante 25 días; en tanto, Santana Vidal permaneció privado de libertad dos días. Periodos en que fueron sujetos de torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes,

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