Este lunes, la Corte Suprema ratificó la condena dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) contra dos empresas de helicópteros y dos de sus ejecutivos, tras comprobarse su participación en un esquema de colusión en el servicio de combate de incendios forestales.
El Fiscal Nacional Económico (s), Felipe Cerda, valoró el fallo al señalar: «Nos indica que seguimos por buen camino y nos alienta en la persecución de carteles. Además, da una señal inequívoca en cuanto a que no solo las empresas, sino también sus ejecutivos deben responder».
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La decisión del máximo tribunal confirmó la responsabilidad de Inaer Helicopter S.A. (Inaer) y Pegasus South América Servicios Integrales de Aviación SpA (Faasa), junto a sus ejecutivos Ricardo Pacheco y Rodrigo Lizasoaín.
INVESTIGACIÓN
La investigación determinó que, entre 2006 y 2013, estas compañías acordaron afectar el resultado de procesos de licitación tanto públicos como privados en el mercado chileno de contratación de servicios aéreos para la extinción de incendios forestales.
La Corte Suprema respaldó lo concluido por el TDLC, que estableció que el acuerdo se materializó en cinco licitaciones: tres convocadas por Conaf entre 2006 y 2011, donde se pactó una distribución geográfica de las bases de operación licitadas; y dos procesos de 2012 y 2013 para proveer servicios a las empresas forestales Mininco S.A. y Masisa S.A.
A raíz de estos hechos, Faasa e Inaer deberán pagar multas que, en conjunto, suman 7.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a aproximadamente $5.652 millones. De ese total, Faasa deberá asumir el pago de 4.400 UTA ($3.553 millones) e Inaer, 2.600 UTA ($2.099 millones). Además, los ejecutivos involucrados deberán pagar 60 UTA cada uno, lo que equivale a poco más de $48 millones.
PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS
El máximo tribunal enfatizó que estas prácticas anticompetitivas «Tuvieron incidencia en un mercado tan sensible para el país como la extinción de incendios forestales, por la potencial afectación a la vida y la propiedad de las personas, y que representan la más grave violación a los principios que rigen la libre competencia, más aún teniendo presente que se trató de aquellas entidades con la más alta participación en el mercado».
En un segundo pronunciamiento, la Corte acogió el recurso de reclamación presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), anulando un fallo previo que había absuelto a las empresas Calquín Helicopters SpA (Calquín) y Faasa, así como a sus ejecutivos, de cargos relacionados con una licitación convocada por Conaf en 2014.
Así, el tribunal respaldó la acusación presentada por la FNE en 2020, que sostenía que ambas compañías y sus ejecutivos habían alcanzado un acuerdo anticompetitivo.
No obstante, consideró que la sanción impuesta previamente a Faasa y a los ejecutivos Pacheco y Lizasoaín era suficiente. En cuanto a Calquín, se determinó que, si bien no participaba en el mercado al momento de los hechos sancionados en la primera sentencia, sí tuvo responsabilidad en el segundo acuerdo, por lo que se le impuso una multa de 980 UTA, equivalentes a $791 millones.
RESOLUCIÓN
Con estas resoluciones, que en total exigen el pago de $6.540 millones al fisco, se da por concluido el caso relacionado con la colusión en el mercado de combate de incendios forestales en Chile.
Este proceso se inició en 2018, cuando la FNE acusó a Faasa y Ridao de haber celebrado y ejecutado un acuerdo para afectar la competencia en el segmento de aviones cisterna entre 2009 y 2015, situación que luego se extendió al mercado de helicópteros, dando origen a las recientes sentencias de la Corte Suprema.