Nacional y economía

Corte Suprema ratifica condenas a nueve exagentes de la CNI por crimen de militante en 1985

Javiera Sanzana

Suprema
Foto referencial: Agencia Uno
Con esta condena, la pena acumulada de Álvaro Corbalán supera los 200 años de prisión. Actualmente se encuentra recluido en el penal de Punta Peuco, afectado por una enfermedad que le ha provocado pérdida progresiva de la vista.

La Corte Suprema ratificó la sentencia que condena a nueve exagentes de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI) por su participación en el homicidio calificado del profesor Alan Williams Rodríguez Pacheco, ocurrido en enero de 1985 en la comuna de Maipú bajo el montaje de un falso enfrentamiento.

En un fallo unánime (causa rol 10.237-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal, compuesta por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Jean Pierre Matus, la ministra María Cristina Gajardo y el abogado integrante Eduardo Gandulfo, desestimó los recursos de casación presentados contra la sentencia que impuso penas de 15 años de presidio a los exoficiales del Ejército Álvaro Corbalán Castilla y Aquiles González Cortés, como autores del delito.

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Con esta condena, la pena acumulada de Álvaro Corbalán supera los 200 años de prisión. Actualmente se encuentra recluido en el penal de Punta Peuco, afectado por una enfermedad que le ha provocado pérdida progresiva de la vista.

En 1985, Corbalán era jefe de la División Antisubversiva de la CNI, mientras que González lideraba la Brigada Azul, unidad destinada a reprimir al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

INTEGRANTES

Otros integrantes de la Brigada Azul, como Rodolfo Olguín González, Víctor Ruiz Godoy, José Salas Fuentes, Juan Jorquera Abarzúa, Sylvia Oyarce Pinto y Claudio Sanhueza Sanhueza, recibieron penas de 10 años y un día como coautores.

Eduardo Fuenzalida Pérez, también exagente, deberá cumplir 5 años y un día de cárcel.

En tanto, el procesado Rinoldo Rodríguez Hernández falleció durante el desarrollo del juicio.

ALAN WILLIAMS

Alan Williams, militante del MIR, tenía 28 años y vivía en la clandestinidad tras regresar a Chile en 1980 como parte de la «Operación Retorno».

Anteriormente, había sido detenido por la dictadura en 1973, luego exiliado a Inglaterra y, tras su retorno, se unió al destacamento guerrillero Toqui Lautaro en Neltume.

Tras la desarticulación de ese grupo, sobrevivió y continuó participando en actividades clandestinas.

CNI

El 3 de enero de 1985, Williams vivía con su pareja, Emilia Rosa López Cifuentes, quien estaba embarazada, en una vivienda en Maipú.

Mientras él impartía clases particulares en su hogar, agentes de la CNI realizaron un ataque armado planificado, empleando fuerza desproporcionada y armamento pesado, que culminó con el incendio de la casa.

Alan murió por impactos de bala, y su cuerpo fue calcinado en el fuego. Posteriormente, la CNI presentó el hecho como un enfrentamiento, versión que el proceso judicial desmintió, estableciendo que se trató de una ejecución deliberada.

La Corte Suprema concluyó que los recursos de casación presentados por los sentenciados no tenían fundamento, ratificando la sentencia emitida en diciembre de 2021 por la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Álvaro Corbalán no presentó recurso, por lo que su condena también quedó confirmada.

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