Nacional y economía

Corte Suprema ratifica multa de $13 millones a Punto Ticket

Javiera Sanzana

Periodista

Punto Ticket
Foto: Agencia Uno
El caso se relaciona con el evento «Un año más. Año nuevo 2019 en Movistar Arena», demandado por el Sernac debido a cobros extra por vasos, barras libres que no cumplieron lo ofrecido y disturbios que requirieron la intervención de Carabineros.

La Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió la demanda por infracción a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores, obligando a la Productora de Eventos Yellow House Rodrigo Villagra EIRL y a Punto Ticket SA a pagar una multa de 200 UTM cada una, además de devolver el costo de las entradas a los grupos demandantes, debido a diversos incumplimientos en la organización de la fiesta de Año Nuevo 2019.

De acuerdo con el Poder Judicial, la Primera Sala del máximo tribunal descartó la existencia de errores en el fallo emitido previamente por la Corte de Apelaciones de Santiago.

El caso se relaciona con el evento «Un año más. Año nuevo 2019 en Movistar Arena», demandado por el Sernac debido a cobros extra por vasos, barras libres que no cumplieron lo ofrecido y disturbios que requirieron la intervención de Carabineros.

RESOLUCIÓN

En su resolución, la Suprema señaló que «El recurso de nulidad de fondo examinado debe ser descartado por carecer de peticiones concretas».

Asimismo, precisó que «El petitorio de un recurso de casación como el deducido en autos, debe plantear la solicitud que se acoja el recurso, se anule el fallo impugnado, y se dicte la correspondiente sentencia de reemplazo por la cual se revoque o confirme la de primer grado, según sea el caso, decidiéndose del modo como interesa a la parte recurrente».

La Sala Civil añadió que «Examinado el petitorio del escrito de casación en el fondo, consta que en este solo se solicita invalidar el fallo recurrido, dictándose la correspondiente sentencia de reemplazo que revoque parcialmente la resolución recurrida; omitiéndose peticionar concretamente lo que pretende obtener mediante la mencionada revocación parcial, como se exige para un recurso de derecho estricto».

DEMANTA CONTRA PUNTO TICKET

En consecuencia, concluyó que «Bajo las condiciones descritas, no resulta posible el acogimiento del recurso de nulidad sustantiva, habida cuenta que con la petición efectuada por la recurrente, este Tribunal no podría dictar sentencia de reemplazo en favor de sus intereses, al carecer de una petición concreta y precisa en relación con lo que se aspira conseguir por su intermedio».

Finalmente, el fallo determinó que «Se rechazan los recursos de casación en el fondo deducidos respectivamente por el abogado Francisco Javier Argel Trujillo, en representación de la parte demandante; por las abogadas Karen Werner Feris y María Ignacia Arratia Salinas, en representación de la demandada Punto Ticket SpA; y por el abogado Claudio Morales Borges, en representación de la demandada Productora de Eventos Yellow House Rodrigo Villagra E.I.R.L., contra la sentencia de seis (sic) de febrero de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago».

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