Nacional y economía

CS ordena a Migraciones resolver solicitud de residencia de niños migrantes

Valeria Lagos

residencia
El máximo tribunal acogió recurso de amparo y calificó como ilegal y arbitraria la decisión de archivar el trámite.

La Corte Suprema acogió un recurso de amparo interpuesto a favor de dos menores de nacionalidad venezolana, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones reanudar el procedimiento y resolver en derecho su solicitud de residencia temporal.

La decisión marca un precedente clave en la protección de derechos de niños, niñas y adolescentes migrantes, reconociendo la ilegalidad del actuar de la autoridad al archivar el trámite por supuesta falta de acreditación de filiación.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal —integrada por los ministros Valderrama, Llanos, Letelier, Gajardo y la abogada Tavolari— determinó que el servicio actuó de forma arbitraria, al no dar curso a la solicitud sin considerar el interés superior del niño, principio central en la normativa vigente (Ley N°21.430).

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El tribunal enfatizó que, aun cuando no se acreditara la relación filial mediante los documentos requeridos, el Servicio debió informar a la autoridad de protección de infancia, o aplicar las normas correspondientes a niños no acompañados, lo que no ocurrió.

“Supeditar el otorgamiento del permiso a un documento que no pueden obtener prolonga indefinidamente la irregularidad en la que se encuentran los niños”, sostuvo la resolución, señalando que esto representa una amenaza directa a su libertad personal y seguridad individual.

La Corte revocó así el fallo anterior de la Corte de Apelaciones de San Miguel, e instruyó aceptar como prueba equivalente la partida de nacimiento presentada por la madre, para resolver conforme a derech

o.

 

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