Nacional y economía

Feriados del 31 de octubre y 1 de noviembre: ¿Son irrenunciables?

Mario López M.

¿Son irrenunciables los feriados del 31 de octubre y 1 de noviembre?
¿Son irrenunciables los feriados del 31 de octubre y 1 de noviembre?
Este 31 de Octubre y 1 de noviembre traen el último fin de semana largo de 2024, el que será  disfrutado  por las familias.

Ante el fin de semana largo la pregunta es los Feriados del 31 de octubre y 1 de noviembre: ¿Son irrenunciables?

Un fin de semana largo presenta un espacio de vida familiar que no es posible durante la jornada laboral ordinaria.

Este 31 de Octubre y 1 de noviembre traen el último fin de semana largo de 2024, el que será  disfrutado  por las familias.

¿Por qué son feriados?

Cualquiera sea la decisión que se tome (o se pueda tomar de acuerdo a los presupuestos económicos familiares) durante estos días, ronda una pregunta: el 31 de octubre y el 1 de noviembre son feriados irrenunciables o no.

Partamos con el jueves 31 de octubre. Es el Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes, aunque la mayoría lo concibe como el «Día de los Muertos» y otros lo asocian a «Halloween«.

Por su parte, el viernes 1 de noviembre se conmemora el Día de Todos los Santos: durante esta jornada, las familias acuden a los cementerios a visitar a sus seres queridos normalmente con un ramo de flores.

Pues bien, ha de saber usted que ninguno de los dos días se considera feriado irrenunciable.

Ello significa que el comercio (malls, tiendas comerciales, strip centers, supermercados, entre otros) tendrá abiertas sus puertas al público, en el horario que disponen en los festivos —que generalmente posee menos horas de funcionamiento en comparación a una jornada hábil.

En los feriados irrenunciables, las y los trabajadores no deben ejercer sus labores. Más todavía, el empleador no puede exigirles que asistan, ya que podría incurrir sanciones.

El feriado irrenunciable es la fecha donde un trabajador no debe laborar por ningún motivo.

Son días de feriado obligatorio e irrenunciable los días 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero de cada año, para todos los trabajadores del comercio, con las excepciones legales.

Así que si pensó que todo era a pedir de boca, se equivocó. Ello, porque el Feriado nacional o no irrenunciable, es aquel en el que no es obligación para el comercio detener sus actividades.

Ejemplos de este tipo de feriado son Semana Santa, el Día de las Glorias Navales, la Virgen del Carmen, el Día de Todos los Santos y el Encuentro de Dos Mundos, entre otros.

¿Qué feriados quedan en 2024?

Después del 31 de octubre y del 1 de noviembre, los feriados que restan en el calendario 2024 son:

Domingo 24 de noviembre: segunda vuelta de las elecciones de gobernadores regionales (irrenunciable).
Domingo 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
Miércoles 25 de diciembre: Navidad (irrenunciable).
Martes 31 de diciembre: feriado bancario (aplica solo para trabajadores de instituciones bancarias).

Comparte en:

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Email