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Fiestas Patrias: Conozca los horarios de cierre de los supermercados

María González

Periodista

Fiestas Patrias
Foto: Agencia Uno
Los días 18 y 19 de septiembre son feriados irrenunciables en el país

Con la llegada de las Fiestas Patrias, se generan diversos cambios en el funcionamiento del comercio en el país. De hecho, ya se anunciaron los detalles sobre los cierres anticipados de las principales cadenas de supermercados.

Sin embargo, eso no es todo, ya que este jueves 18 y viernes 19 de septiembre corresponden a feriados irrenunciables. Por lo mismo, todos los trabajadores y trabajadoras de establecimientos dedicados al expendio o venta directa al público tendrán esos días libres.

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SUPERMERCADOS POR FIESTAS PATRIAS

Con la llegada del descanso obligatorio, la mayoría de los supermercados y tiendas optaron por cerrar antes este miércoles 17 de septiembre. A continuación, los horarios de cada uno de ellos:

  • Jumbo: cierre anticipado a las 19.00 horas.
  • Líder: cierra a las 19.00 horas.
  • Unimarc: cierra a las 19.30 horas.
  • Super 10: cierra a las 19.30 horas.
  • Santa Isabel: cierra a las 19.30 horas.
  • Acuenta: cierra a las 19.30.
  • Tottus: cierra a las 19,00 o 19.30 del miércoles dependiendo de la sucursal.

¿QUÉ LOCALES PUEDEN ABRIR?

En ese contexto, y de acuerdo a lo detallado por la Dirección del Trabajo (DT), el descanso obligatorio debe comenzar a las 21.00 horas de este miércoles 17 de septiembre y terminar a las 06.00 horas del sábado 20. Cabe precisar que, el empleador puede ser denunciado si no se cumplen estas reglas.

No obstante, existirán establecimientos que, según lo establece la ley, podrán atender durante las jornadas de celebración. Esto, más allá de las tradicionales fondas que se reparten en todas las regiones de Chile. La lista de locales que pueden abrir este jueves 18 y viernes 19 de septiembre está compuesta por:

  • Restaurantes y clubes.
  • Establecimientos de entretenimiento como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Bombas de bencina.
  • Farmacias de urgencia y de turno.
  • Tiendas de conveniencia en servicentros que vendan alimentos preparados para consumo en el local.
  • Locales atendidos por sus propios dueños.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.

«Si trabajas en uno de estos lugares, recuerda que tienes derecho a descansar al menos una vez cada dos años con el mismo empleador», precisaron desde la DT. Cabe señalar que, las mismas reglas también aplican para los días 1 de mayo, 25 de diciembre y 1 de enero de cada año.

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