El Segundo Juzgado de Familia de Santiago resolvió incorporar al registro de deudores de pensiones alimenticias popularmente conocido como «papito corazón» a un juez del Séptimo Juzgado de Garantía, debido a una deuda que superaría los $17 millones a favor de su hijo.
La resolución se encuentra registrada en la causa por alimentos y también en un recurso de protección que el propio magistrado presentó ante la Corte de Apelaciones de Santiago, documentos a los que tuvo acceso Informe Especial.
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Representado por la abogada Romina Tapia, el juez sostuvo que su colega del tribunal de familia cometió un error en el cálculo de la deuda, y que dicha situación ha vulnerado sus derechos constitucionales.
ANTECEDENTES
No obstante, tras revisar los antecedentes, la Primera Sala del tribunal de alzada capitalino —integrada por los ministros Guillermo de la Barra, Fernando Valderrama (s) y el abogado integrante Luis Hernández— resolvió declarar “inadmisible” el recurso presentado el pasado 4 de junio.
Según el fallo, «Los hechos descritos en la presentación (…) atañen a un procedimiento (que) ha sido de conocimiento ante el Segundo Juzgado de Familia de Santiago, de manera que el asunto está sometido al imperio del derecho, existiendo autoridad competente ante el cual se podrán hacer las alegaciones y peticiones pertinentes (…)».
CORTE SUPREMA
Con esta decisión, la inclusión del juez en el registro «papito corazón» quedaría ratificada. Sin embargo, aún le queda una opción: acudir a la Corte Suprema.
Dicho tribunal podría respaldar la decisión de la Corte de Santiago o, en su defecto, ordenar que tramiten el recurso de protección y analicen el «fondo del asunto».
Aunque ese escenario ocurriera, no existe garantía de que el juez logre un fallo favorable, ya que la Suprema podría aplicar el mismo criterio de rechazo a la acción presentada.
Por razones de resguardo a los derechos del menor involucrado, este medio ha decidido no divulgar la identidad tanto del magistrado como de la parte demandante.
DEUDA BILLONARIA
La Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, vigente desde mayo de 2023 tras una extensa discusión legislativa, busca asegurar el cumplimiento del pago de pensiones alimenticias.
Este marco legal otorga a los tribunales de familia la facultad de ordenar la retención de fondos desde cuentas bancarias, AFP u otros instrumentos financieros cuando el deudor incumple.
El Registro Civil administra el registro desde fines de 2022, cuando entró en funcionamiento la ley.
Según datos entregados por el Ministerio de la Mujer, a mayo de 2025 los tribunales han autorizado pagos por cerca de 2,5 billones de pesos. Además, más de 400 mil familias han podido acceder a recursos financieros o fondos de AFP gracias a esta normativa.