Nacional y economía

Justicia ordena indemnización de $90 millones a conscripto por explosión en ejercicio militar

Javiera Sanzana

Periodista

conscripto
Foto referencial: Agencia Uno
El Primer Juzgado de Letras de La Serena determinó que el fisco debe compensar al afectado por daño moral al conscripto, ya que las lesiones se produjeron durante una marcha nocturna realizada en 2019.

La justicia ordenó al Estado indemnizar con $90 millones a un conscripto que sufrió heridas permanentes tras la explosión de un artefacto durante una actividad militar en un campo de entrenamiento ubicado en Tongoy, Región de Coquimbo.

El Primer Juzgado de Letras de La Serena determinó que el fisco debe compensar al afectado por daño moral al conscripto, ya que las lesiones se produjeron durante una marcha nocturna realizada en 2019.

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La jueza Karla Malebrán acogió la demanda presentada por el joven, estableciendo que existió una «falta de servicio» por parte del Ejército.

Asimismo, rechazó la incompatibilidad entre la pensión de retiro otorgada al conscripto y la indemnización por el daño sufrido.

EL ESTADO ES RESPONSABLE

«El Estado es responsable de los hechos acaecidos (…), desde que el demandante, encontrándose en servicio en el Ejército, participó en una instrucción en campo militar donde estalló un explosivo que lo dejó con secuelas permanentes», indica la resolución.

En el fallo también se señala que lo ocurrido fue consecuencia de que «La institución a la que prestaba servicios no tomó los resguardos necesarios a través de sus dependientes, para que el lugar donde se realizarían los ejercicios estuviera en óptimas condiciones de seguridad».

Además, se expone que «Una investigación sumaria concluyó que ningún miembro del batallón manipuló el explosivo, liberando de responsabilidad a toda la línea de mando de la operación, sin que existieran sanciones para quienes debieron ejercer la revisión y supervisarla».

Por último, el tribunal afirma que «El Estado debe reparar el perjuicio ocasionado, cuya determinación concierne prudencialmente a este tribunal, toda vez que resulta imposible medir con exactitud la intensidad del sufrimiento provocado».

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