Desde el 15 de mayo de 2025 comenzará a aplicarse en Chile la Ley 21.601, que establece la obligación de grabado en los vidrios y espejos de todos los vehículos motorizados.
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El objetivo principal de esta disposición es disminuir el robo de autopartes, especialmente en aquellos casos donde los automóviles son desarmados para vender sus piezas en el comercio informal.
¿QUÉ EXIGE LA LEY?
Según lo establecido, se debe grabar la patente en al menos seis vidrios del automóvil (incluyendo laterales, luneta y parabrisas), así como en ambos espejos laterales.
En el caso de vehículos con menos superficies disponibles, como las motocicletas, la exigencia se limita al grabado en todos sus espejos.
¿DÓNDE SE HACE Y CUÁNTO CUESTA?
El valor del grabado dependerá del método utilizado y del prestador del servicio:
Copec ofrece el servicio por «$2.000 por pieza con técnica de arenado (promedio: $16.000 por vehículo)», disponible en 130 puntos del país, desde Arica hasta Porvenir.
Otros métodos incluyen el uso de ácido o herramientas como dremel, con precios que oscilan entre «$3.000 por pieza», «$5.000 por pieza (total estimado: desde $27.000)», y «$6.000 por pieza (precio total desde $30.000)».
¿QUÉ PASA SI NO SE HACE?
Quienes circulen sin el grabado correspondiente a partir del 15 de mayo podrían enfrentar sanciones que van desde 1 a 1,5 UTM, lo que representa entre «$68.648 y $102.972 aproximadamente». Además, tener el grabado será un requisito para aprobar la revisión técnica.
Este debe ser permanente, visible y efectuado mediante técnicas que desgasten el material, como el «arenado», el «tallado» o el uso de «ácido». Las letras deben estar en mayúsculas, con formato estándar (sin negrita ni cursiva), y cumplir con medidas específicas:
En vidrios: entre «7 y 10 mm»
En espejos laterales: entre «5 y 10 mm»