Nacional y economía

Ordenan prisión preventiva para sujeto que le disparó a menor de edad

Agencia

Ordenan prisión preventiva para sujeto que le disparó a menor de edad
El hecho ocurrió en la región de Coquimbo, mientras se jugaba un partido de fútbol amateur

Ordenan prisión preventiva para sujeto que le disparó a menor de edad.

El pasado sábado, ocurrió un incidente durante un partido de fútbol amateur en Monte Patria, en la región de Coquimbo. 

En el transcurso del encuentro se produjo una riña entre jugadores, en la cual se desató el pánico cuando un sujeto sacó un arma de fuego.

En ese momento, procedió a dispararle en tres ocasiones a un adolescente de 16 años, el que jugaba para uno de los equipos.  

Debido a la rápida intervención de Carabineros, los cuales detuvieron al agresor, no hubo víctimas fatales ni heridos de gravedad.

Luego de su detención, el individuo quedó inicialmente sin medidas cautelares.

Según informó el Diario El Día, esto cambió, ya que la Corte de Apelaciones de La Serena revocó la medida cautelar impuesta por el Juzgado de Garantía de Ovalle.

Por lo que ahora, el sujeto deberá cumplir prisión preventiva.

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CORTE DE APELACIONES

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió este lunes un recurso de apelación por parte del Ministerio Público, además revocó la resolución que denegó la prisión preventiva del imputado.

Identificado como Juan Manuel Palacios Palacios, se le imputa como autor de los delitos de homicidio simple frustrado y porte ilegal de arma de fuego y municiones.

A través de un fallo unánime, la medida se revocó debido a que la libertad del sujeto supone un peligro para la seguridad de la sociedad. 

FALLO

Uno de los miembros de la Corte, el ministro Rodrigo Díaz, indicó que “la Corte estimó que se daban los presupuestos necesarios para decretar la medida cautelar y decidió, entonces, revocar la resolución del Juzgado de Garantía de Ovalle”.

Además, “disponer que entre tanto se realiza la investigación y se tramita esta causa, permanezca el imputado en prisión preventiva, en razón de los hechos que fueron formalizados en la ciudad de Ovalle”.

El fallo establece que “Por su parte, en cuanto a la necesidad de cautela, cabe hacer presente que nos encontramos en presencia de dos delitos graves, arriesgando el imputado la imposición de una pena de cumplimiento efectivo en el evento de condena –a lo menos respecto del ilícito contemplado en la Ley de Control de Armas–”.

No pudiendo sostenerse por lo demás, al menos en esta etapa procedimental, que el encartado goce de irreprochable conducta anterior, circunstancias que permiten sostener, por ahora, que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”.

La Corte concluyó que “Se revoca la resolución (…) que denegó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Juan Manuel Palacios Palacios, y en su lugar se declara que se hacer lugar a la solicitud del Ministerio Público, disponiéndose la prisión preventiva del imputado previamente individualizado, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad”.

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