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PJUD: 2.3% de libertad condicional aprobadas en Santiago

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Foto: Creative Commons Attribution 2.0
De un total de 2.216 postulaciones revisadas, solo 51 personas privadas de libertad obtuvieron el beneficio. La cifra se ubica entre las más bajas de los últimos años y refleja un criterio apegado a los requisitos en la evaluación de antecedentes.

La Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió 51 solicitudes —equivalentes al 2.3%— de un total de 2.216 presentadas por personas privadas de libertad en recintos penitenciarios de la jurisdicción.

El resultado sigue marcando tasas bajas de aprobación aunque aumentan las solicitudes en los últimos procesos, consolidando criterios más estrictos en la concesión del beneficio.

Revisión caso a caso

Según informó el Poder Judicial, los comisionados analizaron individualmente cada postulación, junto con los informes elaborados por Gendarmería, que incluyen antecedentes de conducta, cumplimiento de requisitos legales y evaluaciones técnicas.

El detalle por recinto penitenciario es el siguiente:

  • CDP Santiago Sur: 1.361 postulaciones / 34 concedidas
  • Colina I: 531 postulaciones / 10 concedidas
  • Colina II: 257 postulaciones / 3 concedidas
  • Punta Peuco: 4 postulaciones / 0 concedidas
  • CET Metropolitano: 52 postulaciones / 1 concedida
  • Centro Abierto Manuel Rodríguez: 7 postulaciones / 3 concedidas
  • Recinto de Alta Seguridad: 4 postulaciones / 0 concedidas

El mayor volumen de solicitudes se concentró en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, que también registró el mayor número de libertades concedidas, aunque con una tasa igualmente acotada. Las solicitudes de libertad condicional asociadas a violadores de DD.HH., no fueron acogidas.

Restricción

El actual nivel de aprobación mantiene la tónica restrictiva de periodos anteriores donde los porcentajes fueron levemente menores. Las libertades condicionales otorgadas a nivel país cayeron un 61,5% entre 2014 y 2024. 

Esta reducción se atribuye principalmente a las sucesivas reformas legales, en especial al Decreto Ley 321, que han elevado las exigencias para los postulantes, sumado a una mayor ponderación de los informes de Gendarmería y la opinión de las víctimas y de los jueces.

Desde entonces, las comisiones han tendido a actuar con mayor cautela, privilegiando informes técnicos y reduciendo significativamente las tasas de concesión.

Un beneficio cada vez más excepcional

La libertad condicional no constituye un derecho automático, sino un beneficio sujeto al cumplimiento de requisitos legales, entre ellos: haber cumplido parte de la condena, mantener conducta intachable y contar con informes favorables de reinserción.

En la práctica, sin embargo, el bajo porcentaje de aprobación muestra que el estándar aplicado ha elevado la barrera de acceso, transformando el beneficio en una excepción más que en una etapa regular del cumplimiento de condena.

La comisión

La instancia fue presidida por la ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, Lidia Poza, e integrada por los jueces de garantía Elizabeth Melero, Carlos Gutiérrez, Mónica Bellalta, Nibaldo Arévalo, Francis Fell, Karin Mercado, Carlos Muñoz y Rubén Donoso.

Asimismo, participaron las magistradas de tribunales de juicio oral en lo penal María Paz López y María José García.

La comisión contó además con el trabajo de la secretaria Fanny Gutiérrez, junto al equipo de coordinación conformado por Andrea Lincolao, María Fernanda Rodríguez, Braulio Torres y María Pía Paillao.

Señal institucional

El resultado de esta primera sesión del año refuerza una señal clara del sistema judicial:

la libertad condicional sigue vigente como herramienta de reinserción, pero bajo un criterio restrictivo y altamente selectivo.

En un contexto de mayor preocupación por la seguridad pública, la tendencia apunta a mantener estándares exigentes, incluso a costa de mantener reducido el número de beneficiarios.

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