Nacional y economía

Suprema ordena desalojo de enorme ocupación irregular en Cartagena

Está Pasando

Suprema Cartagena
Foto referencial: Agencia UNO
Ordenó a la totalidad de los ocupantes de la propiedad hacer abandono del inmueble en un plazo máximo de seis meses.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso que había rechazado un recurso de protección interpuesto en contra de varias personas por la ocupación ilegal de un predio en la ciudad de Cartagena.

Según la denuncia, estos habrían ingresado por la fuerza en octubre de 2019, destruyendo el cerco perimetral, deforestando el área e iniciando la construcción de viviendas con material ligero, sin autorización ni derechos sobre el inmueble.

Agregaba que actualmente existirían más de 300 familias habitando el predio, con construcciones en curso, subdivisiones irregulares, conexiones clandestinas a servicios básicos y actividades comerciales ilegales, lo que configura una toma organizada.

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Puntualizaba, asimismo, que ha intentado regularizar la situación mediante acciones legales y tratativas comerciales, sin éxito debido a un embargo vigente sobre la propiedad.

Y alegaba que la ocupación vulnera su derecho de propiedad consagrado en el artículo 19 N°24 de la Constitución.

La Corte de Valparaíso había desestimadola acción cautelar, puesto que el recurso de protección debe ser interpuesto dentro de los 30 días siguientes a la vulneración del derecho, por lo que el recurso presentado resulta extemporáneo, ya que la ocupación del inmueble se conoce desde octubre de 2019,

A juicio del tribunal, esa no era la vía idónea para resolver un conflicto con una ocupación de larga data y características complejas, para las cuales existen otros procedimientos judiciales más adecuados.

«ACTUACIÓN PRONTA Y COORDINADA»

Sin embargo, la decisión fue revertida por la Corte Suprema, pues consideró que existe un asentamiento irregular en el inmueble de propiedad del recurrente en Cartagena, formado sin su consentimiento y manteniéndose pese a sus reiterados intentos de restitución, lo que afecta gravemente su derecho de dominio e igualdad ante la ley.

Además, se constató que la ocupación ilegal persiste en el tiempo y que las autoridades administrativas no han adoptado medidas eficaces ni suficientes para proteger los derechos del propietario.

El máximo tribunal consideró necesaria una actuación pronta y coordinada para evitar la prolongación de esta situación, respetando a la vez los estándares internacionales sobre derechos humanos, especialmente en cuanto a la protección de personas en situación de vulnerabilidad durante cualquier desalojo.

Por ese motivo la Corte Suprema revocó la sentencia apelada, acogió la acción de protección, y ordenó a la totalidad de los ocupantes de la propiedad de Cartgena hacer abandono del inmueble en un plazo máximo de seis meses, retirando sus enseres y construcciones, autorizando el desalojo inmediato con auxilio de la fuerza pública en caso de oposición.

Del mismo modo, ordenó al municipio, en coordinación con los ministerios del Interior, Vivienda y Urbanismo, Bienes Nacionales y Desarrollo Social, habilitar transitoriamente un recinto adecuado para albergar a los desalojados, y ofició al ministerio del Interior y Seguridad Pública para que supervise el desalojo.

Finalmente, remitió los antecedentes al Ministerio Público para los fines pertinentes.

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